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Repositorio Institucional de la Universidad de Murcia

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    Aspectos esenciales del período de prueba : formalización, duración y extinción: transformación y tendencias de una institución clásica
    (2015-12-04) Gallego Moya, Fermín; Sánchez Trigueros, Carmen; Departamento de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social
    La Memoria de Doctorado ofrece una visión actualizada y útil sobre una institución, el período de prueba, cuyo conocimiento no se agota en su regulación legal pues precisa el complemento de la negociación colectiva en sus distintos ámbitos y, sobre todo, el conocimiento exhaustivo de nuestra Jurisprudencia, que responde y, a la vez, participa, del proceso de transformación de esta figura. Su encaje en el engranaje propio de las relaciones laborales propicia la aparición de innumerables problemas de articulación. La Tesis los identifica y ordena sistemáticamente, optando por abordar aquellos sobre los cuales existe un mayor debate en la comunidad jurídica. En todo caso se examina la respuesta actualizada a tales interrogantes, realizando una crítica contextualización de los más recientes pronunciamientos judiciales y fomentando el debate sobre los aspectos menos asentados en nuestra Dogmática. En detrimento del enfoque doctrinal e historicista, se opta por una visión rigurosa del marco jurisprudencial y, en menor medida, del análisis de la reglamentación convencional en aquellos aspectos en los que su intervención es uniforme. Eso ha obligado no solo a examinar con detenimiento las fuentes legales sino también multitud de referencias bibliográficas (tratados “clásicos”, monografías, artículos doctrinales, comentarios en la Red, blogs, etc.), a partir de las cuales elaborar una visión amplia del objeto estudiado. Ello no debe oscurecer que el protagonismo lo asume el exhaustivo y muy actualizado examen de las sentencias más recientes, en concordancia con la selección temática apuntada. Con la metodología propia de la Ciencia Jurídica, y sometiendo a contraste cuantas afirmaciones polémicas se realizan, la Tesis pretende elevar a categorías conceptuales lo que frecuentemente no pasan de ser asertos destinados a cimentar la solución que el correspondiente Tribunal percibe como adecuada. En ese sentido, el contraste de opiniones y la interacción entre la doctrina académica y la judicial se ha procurado mantener en un plano de equilibrio recíproco. Las conclusiones de este trabajo han sido expuestas, no solo desde el análisis sistemático de la respuesta legal, convencional y judicial, sino desde el terreno de la reflexión y el replanteamiento dogmático de los presupuestos que cuadran con el “periodo de prueba”. La mayor evidencia es que su regulación legal, principalmente contenida en un único precepto (art. 14 ET), se ha mostrado insuficiente para dar respuesta a los numerosos y cambiantes interrogantes que surgen alrededor de la figura analizada. El legislador se ha conformado con pergeñar la institución, de inclusión facultativa en el contrato de trabajo, formalista en su establecimiento y decididamente flexible en su extinción, al tiempo que ha delegado en los negociadores colectivos el establecimiento de su duración máxima; éstos han solido desaprovechar la posibilidad de ajustar, en este ámbito, los intereses legítimos de empresarios y trabajadores, suprimiendo aquellas cláusulas que, introducidas por pura inercia, limitan efectivamente derechos de los trabajadores, a los que se mantiene, durante demasiado tiempo, en la precariedad representada por la inexigibilidad de causa para la extinción de sus contratos. Esta escueta reglamentación (menos propicia a vaivenes políticos que otras materias), que además, encaja con dificultad en determinados ámbitos contractuales, ha potenciado el papel de nuestros Tribunales, auténticos definidores del contenido y límites del período de prueba, tanto en el ámbito ordinario como en el contexto constitucional, apreciándose, por lo demás, en los últimos años, un interés creciente por el conocimiento y aplicación de normativa comunitaria y de Derecho Internacional con la que suplir las carencias de nuestro ordenamiento doméstico, puestas de manifiesto, sobre todo, a raíz del nuevo contrato de trabajo indefinido de apoyo a emprendedores, que ha devuelto la actualidad a una institución clásica en permanente transformación. En este contexto global, la utilización abusiva del período de prueba, por alejamiento de su teórica finalidad, intenta ser corregido por nuestros jueces mediante el establecimiento de reglas aplicativas con las que impedir que el empresario acuda a la institución probatoria como mero instrumento para desistir, sin consecuencias, de la relación contractual o, en un nivel superior de incumplimiento, burlar las normas que exigen el respeto a los derechos fundamentales en cualquier acto extintivo, siendo precisamente este momento el que atrae, casi absolutamente, la intervención judicial. La investigación no pretender ser un punto y final en el incesante debate que existe alrededor de la materia, pero sí un alto en el camino, Por eso se eligen cuidadosamente los ítems abordados (en detrimento del análisis integral), se levanta acta del estado de la cuestión, se contextualiza y concuerda cada aspecto polémico y, en la medida de lo posible, se ofrece una propuesta crítica y constructiva fiel a los postulados ontológicos del periodo de prueba, auténtica excepción a las reglas generales sobre duración y terminación del contrato de trabajo. Doctoral Memory provides an updated and useful vision for the legal operator of an institution, trial period, whose knowledge is not exhausted in their legal regulation, to define the complement of collective negotiation, in its various fields and, especially, the deep knowledge of our jurisprudence, which responds, while participates from the process of transformation of this figure. By matching this institution in the proper gear of the labor relations, and within them, in the most complex content innumerable problems of articulation appear, I have tried to systematically identify and order, to provide the updated response of our Courts, at the same time it was encouraging the debate on issues, that in some way, they have a clear and definitive answer. From this point of view, and at the expense of the doctrinal and historicist approach, I have tried to provide an accurate view of the jurisprudential framework and, to a lesser extent, the analysis result of the conventional regulation in those areas where its intervention has shown uniform. To do this, after the required analysis of the legal sources, I've handled a lot of references ("classical" treatises, monographs, doctrinal articles, comments on the Internet, blogs, etc.) from which I have gained a broad view of the object of our study, that I have tried to reach with an updated jurisprudential analysis and thematically structured, without hiding the differences I found between different courts, on the one hand, and between them and certain doctrinal positions, on the other, it has also struck me as the most rewarding. The conclusions of this work, have been exposed, not only from a systematic analysis of the legal response, conventional and judicial, but from the field of reflection and rethinking, which, I believe, has to be made of basic issues. Nevertheless, the best evidence is that the legal regulation of the trial period, contained, almost completely, in a single precept (Art. 14 ET), it has proved insufficient to respond to the many and changing questions that appear around the analyzed figure, as made by the legislator to ensure an institution, for optional inclusion in the employment contract, formalistic in their establishment and extremely flexible in their extinction, while delegating collective negotiators by establishing maximum duration, they have wasted, in my opinión, the ability to adjust, in this area, the legitimate interests of employers and employees, removing those clauses that, introduced by sheer inertia, indeed limit workers’ rights, to those who are maintained for too long, with the uncertainty represented by the lack of requirements for the termination of their contracts. This brief regulation, which also, fits with difficulty in certain sectors of the system and also fits in with certain legal arrangements, has strengthened the roles of our Courts, real authentic defining of the content and limits of the trial period, both in the ordinary field and in the constitutional context, appreciating, moreover, in further years, a growing interest in knowledge and application of Community rules and international law which supply gaps in our domestic system, following the regulation of the new permanent contract to support entrepreneurs, which has now been returned to a classic institution in constant transformation. In this global context, the abusive use of the trial period, by the theoretical purpose, tries to be corrected by our courts, by establishing principles and applicable rules which prevent the employer to come to the probation institution, as a pure instrument to withdraw, without any consequences, of the contractual relationship or, at a higher level of breach, outsmarting the rules that the fundamental rights require in any extinguishment act being, accurately, the discontinuance moment, which almost, attracts judicial intervention.
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    Conceptualización jurídico-laboral del tráfico ilegal de mano de obra
    (Universidad de Murcia, 2020-06-18) Megías Bas, Antonio; Cavas Martínez, Faustino; López Aniorte, María del Carmen; Escuela Internacional de Doctorado
    Esta investigación parte del estudio de la conceptualización realizada por la doctrina iuslaboralista y de la jurisprudencia sobre cesión ilegal o tráfico prohibido de mano de obra (art. 43. 2, 3 y 4 ET). La doctrina iuslaboralista afirma que dicho ilícito puede ser perseguido penalmente por el delito de tráfico ilegal de mano de obra, tipificado en el art. 312.1 del Código Penal. Por su parte, para la doctrina científica penal, el delito de tráfico ilegal de mano de obra sanciona, además de la cesión ilegal de mano de obra, la colocación al margen de los mecanismos legales. En lo que se refiere al criterio interpretativo de los órganos judiciales en la materia, se constata que existe jurisprudencia laboral referida a los ilícitos que contempla el tipo penal, pero que no existe jurisprudencia penal. Analizamos esta problemática con el fin de encontrar respuestas y aportar soluciones. La presente investigación tiene como objeto de estudio determinar qué es el tráfico ilegal de mano de obra, en un mundo globalizado donde la descentralización productiva es un fenómeno generalizado, para disponer de unas pautas que permita, a los operadores jurídicos, delimitar claramente la conducta típica de dicho delito, para poder perseguirlo y sancionarlo adecuadamente. Se pretende ensamblar dos disciplinas del ordenamiento jurídico español, la laboral y la penal, respecto de una materia, el tráfico ilegal de mano de obra, en el entendimiento de que este protege un conjunto de intereses que afectan a la indemnidad de la relación laboral, que ha de contar con una protección efectiva por parte de los ordenamientos laboral y penal, dada su relevancia para mantener el “Estado de bienestar”. Intermediar laboralmente, de forma ilegal, incide de manera directa e indirecta en el mercado laboral, así como en los derechos de las personas trabajadoras, ya que se rompe la confianza e integridad de las relaciones laborales por la irrupción de un nuevo actor que interfiere fraudulentamente en la relación laboral. Es preciso contextualizar, por tanto, el presente trabajo en el marco de las exigencias del Estado social y democrático de Derecho, en los términos del art. 1.1. de nuestra Carta Magna. Para llevar a cabo el objetivo anteriormente mencionado, acudimos a la doctrina iuslaboralista y penal que analizan el tráfico ilegal de mano de obra y a las resoluciones sobre tráfico ilegal de mano de obra, colocación al margen de los mecanismos legales (intermediación laboral sin comunicar la actividad al servicio de empleo correspondiente) y cesión ilegal de mano de obra, utilizando una metodología mixta cuantitativa y cualitativa, por su contribución científica para el estudio de hechos jurídicos y las consecuencias sobre las personas, en nuestro caso, relacionadas con el Derecho laboral, pues, para el análisis de las nuevas realidades y retos académicos a los que nos enfrentamos en una sociedad globalizada, que es cambiante e interdependiente, se hace imprescindible la complementariedad metodológica. Los datos obtenidos de las sentencias hacen que nos cuestionemos lo siguiente: si en 2010 se introduce en el CP el artículo 177 bis sobre trata de personas, donde uno de sus fines es la explotación laboral, ¿por qué no se persigue adecuadamente el tráfico ilegal de mano de obra contemplado en el art. 312.1 CP? Con objeto de encontrar respuestas, decidimos realizar entrevistas a profesionales relacionados, de una u otra manera, con el tráfico ilegal o prohibido de mano de obra. Para ello, recurrimos a la metodología cualitativa, perspectiva humanístico-interpretativa, de base naturalista-fenomenológica (paradigma interpretativo), es decir, nos centramos en el conocimiento de la realidad y de las posibles causas que han propiciado que sea como se nos presenta en el momento actual. Finalizamos la tesis doctoral con las conclusiones, entre las que cabe destacar que se ha constatado la inadecuada aplicación del precepto penal objeto de análisis, lo que ocasiona que, de facto, no exista ninguna sentencia donde se condene por un supuesto agravado de cesión ilegal de mano de obra o de la intermediación irregular, ya que la jurisprudencia penal interpreta que en el tráfico ilegal de mano de obra existe explotación de la persona trabajadora, lo que se aleja de los incumplimientos descritos en los preceptos laborales examinados (arts. 5.c) RDAC y arts. 7.1.b) y 33.4.b) LEmp, en materia de intermediación laboral irregular; y, art. 43 ET, respecto del tráfico prohibido de mano de obra), así como de la propia legislación penal, que dispone de un precepto, el 177 bis CP, sobre trata de seres humanos, que tiene entre sus fines perseguir la explotación laboral.
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    Discursos pronunciados en el Acto de Investidura del profesor D. Alfredo Montoya Melgar
    (Universidad de Murcia, 2008) Montoya Melgar, Alfredo
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    La garantía de indemnidad
    (Universidad de Murcia, 2020-10-14) Folgoso Olmo, Antonio; Sánchez Trigueros, Carmen; Gallego Moya, Fermín; Escuela Internacional de Doctorado
    Esta Tesis analiza la “garantía de indemnidad”, una figura genuinamente laboral tendente a evitar represalias contra el trabajador que reclama contra su empresa. Ha actuado como revulsivo en el ámbito de las relaciones laborales y constituye una herramienta clave para atenuar las desigualdades inherentes a las mismas. Difícilmente podría haberse residenciado en otra rama del Derecho el origen de esta institución, estrechamente vinculada al carácter tuitivo que debe caracterizar al Derecho del Trabajo. La garantía de indemnidad en el ámbito de las relaciones laborales fue enunciada por primera vez de manera expresa en la STC 14/1993. Desde entonces ha ido desarrollándose de forma paulatina, llegando a adquirir unas dimensiones que superan con creces los esquemas iniciales sobre los que fue construida. Pese al tiempo transcurrido, no se han resuelto todas las dudas; muy al contrario, siguen aflorando con relativa frecuencia, fundamentalmente conectadas a sus límites, tanto subjetivos (ya sea desde el punto de vista del reclamante y sus allegados, ya sea del sujeto represivo), como objetivos (actuaciones protegidas, en especial respecto de aquellas que se alejan del proceso, estrictamente considerado). Son varios los motivos que dificultan la concreción de sus perfiles. Para empezar, la jurisprudencia constitucional, si bien ha aclarado numerosas cuestiones relativas a su naturaleza y aplicación, no ha tenido la oportunidad de resolver todas las preguntas que surgen en torno a la misma, especialmente a causa de las numerosas dificultades procedimentales para poder acceder al TC. Como esto último también puede predicarse del acceso al TS, acaban siendo los órganos judiciales inferiores quienes desempeñan un papel especialmente destacado, generando gran parte de la doctrina relevante, si bien sosteniendo con frecuencia posiciones contradictorias. Por otra parte, el propio carácter dinámico de las relaciones laborales se traduce en la aparición de continuas situaciones conflictivas novedosas, muchas de las cuales hoy en día siguen sin respuesta por parte del TC. A lo anterior hay que añadir un segundo conjunto de problemas: aquellos que atañen al marco normativo. El hecho más reseñable a este respecto es la práctica ausencia de desarrollo normativo específico en cuanto a la garantía de indemnidad. El legislador ha permanecido casi inmóvil en este ámbito, no teniendo apenas intervención destacable y limitándose a supuestos que han aportado más dudas que soluciones (como es el caso de la actual redacción del art. 17 ET). Por todo lo anterior, este estudio sobre la garantía de indemnidad se basa fundamentalmente en la elaboración efectuada por parte de la doctrina judicial. Sin embargo, conectada como está al casuismo de los asuntos que llegan, los tribunales no pueden acometer un estudio completo de la institución. Por ello, se analiza igualmente las aportaciones que sobre este objeto ha realizado la doctrina científica, a su vez, atenta a la irregular evolución jurisprudencial. La combinación de ambas perspectivas permite analizar la aplicación práctica, y no solo teórica, de la figura estudiada. Precisamente por este motivo en el presente trabajo se dedica también una especial atención a los mecanismos de protección y reparación existentes para los distintos supuestos de vulneración de la garantía de indemnidad. La investigación pretende ir más allá, pues aspira a no quedarse en un estudio meramente analítico de la garantía de indemnidad, sino que se aventura a ser propositiva. En este sentido, sugiere determinados cambios normativos e interpretativos, relativos tanto a la propia técnica jurídica como a la evolución que debería proseguir la institución en el futuro para asegurar su efectividad.
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    El impacto del Derecho de la Unión Europea en el ámbito laboral: revisión jurisprudencial.
    (Universidad de Murcia, Servicio de Publicaciones., 2023) Vicente Andrés, Raquel
    La asunción por parte de España de la Presidencia del Consejo de la Unión Europea durante el uno de julio, al próximo 31 de diciembre de 2023, permitirá avanzar en el denominado escudo social Europeo, máximo exponente del Estado del bienestar europeo, bajoel lema: una Europa más cerca, permitiendo desarrollar los principios consagrados en el Plan de Acción del Pilar Europeo de Derechos Sociales (adoptado por la Comisión en marzo de 2021), fomentando el diálogo social, el trabajo decente y la economía social, impulsando la aplicación del principio de igualdad entre mujeres y hombres. Política europea social, que marca el rumbo de la actuación legislativa nacional y jurisprudencial, impulsando una mejora en las condiciones de las personas trabajadoras, combatiendo la precariedad laboral, en ámbitos tan importantes como: la lucha contra la discriminación, la brechas en la era digital, el fraude en la contratación temporal, o la gestión de la ordenación del tiempo de trabajo. Sin duda, el impacto del Derecho de la Unión Europea, en el panorama nacional, ostenta un papel sumamente relevante, constituyendo a día de hoy el referente, en cuanto a salvaguarda de las garantías del escudo social de las personas trabajadoras.
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    Incongruencias de la legislación de artistas en espectáculos públicos
    (Murcia : Universidad de Murcia, Editum, 2013) Murcia Molina, Sonia
    El presente artículo contempla unas reflexiones críticas y la particular visión del autor sobre las incongruencias legislativas que perviven en la normativa sociolaboral aplicable a los artistas en espectáculos públicos. Así pues, se analizan las peculiaridades que caracterizan la profesión y las posibles vías de mejora
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    Pluriempleo y pluriactividad en el sector privado español
    (Universidad de Murcia, 2011-09-30) Alarte Mayordomo, Carmen María; Duréndez Sáez, Ignacio; Departamentos y Servicios::Departamentos de la UMU::Derecho del Trabajo y la Seguridad Social
    En el ámbito privado, el pluriempleo y la pluriactividad no constitutivos de concurrencia desleal son lícitos y están permitidos, salvo los supuestos limitativos contemplados por la normativa vigente, pudiendo eliminarse al acordar las partes el pacto de exclusividad o de plena dedicación mediante compensación económica expresa, o controlarse su desarrollo a través de los mecanismos establecidos al efecto en las normas estatales y convenios colectivos. In the private sector, multiple employment … [+]and pluriactivity, which do not constitute unfair competition, are legal and permitted with the exception of limited assumptions covered by existing legislation. They can be eliminated if the parties have agreed upon exclusivity and a non-competition agreement or full-time dedication through express economic compensation or control its development of state regulations and collective agreements through established mechanisms. Se analiza el marco socioeconómico actual, las delimitaciones conceptuales entre ambas situaciones, la constitucionalidad tanto de estas situaciones, como de sus diferentes régimenes jurídicos, así como de las prohibiciones y limitaciones establecidas en el sistema de fuentes del Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social Español, efectuando una clasificación de las mismas. The following are analyzed: the current socioeconomic framework, the conceptual boundaries between both situations and how they are formed as to their different legal regulations and established prohibitions and limitations in the system of sources of the Spanish Labour Law and Social Security, making a classification of them. En el ámbito de la Seguridad Social, se analizan los diversos regímenes jurídicos tanto en materia de cotización como prestacional, incluyendo la cuestión de la … [+]compatibilidad o incompatibilidad de prestaciones al hilo de las diversas contingencias protegibles en las que podrían tener repercusiones estas situaciones en el seno de los regímenes que integran el Sistema Español de Seguridad Social y considerando las diversas casuísticas que pudieran producirse. The following are analyzed: the current socioeconomic framework, the conceptual boundaries between both situations and how they are formed as to their different legal regulations and established prohibitions and limitations in the system of sources of the Spanish Labour Law and Social Security, making a classification of them. En el ámbito de la Seguridad Social, se analizan los diversos regímenes jurídicos tanto en materia de cotización como prestacional, incluyendo la cuestión de la compatibilidad o incompatibilidad de prestaciones al hilo de las diversas contingencias protegibles en las que podrían tener repercusiones estas situaciones en el seno de los regímenes que integran el Sistema Español de Seguridad Social y considerando las diversas casuísticas que pudieran producirse. In the Social Security field, various legal systems are analyzed in terms of contribution and benefits, including the issue of compatibility or incompatibility of benefits along with the different secured contingencies that could impact these situations in the middle of the schemes that involve the Spanish System of Social Security, considering the various circumstances that may occur.
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    La protección de la seguridad social y la salud en el trabajo autónomo común desde la vertiente preventiva
    (Universidad de Murcia, ) Rodríguez Egío, María de Monserrate; Cavas Martínez, Faustino; López Aniorte, María del Carmen; Escuela Internacional de Doctorado
    Cualquier actividad económica o profesional puede desarrollarse bajo la fórmula del autoempleo. Incluso, en tiempos de crisis, esta modalidad de trabajo permite dar una respuesta rápida y flexible a nuevas necesidades sociales que demanda el mercado laboral y que, además, suponen una oportunidad de negocio. Se trata, solo a título de ejemplo, del servicio de atención a personas dependientes y mayores, del teletrabajo por cuenta propia, de las nuevas fórmulas comerciales que surgen merced a la utilización de las nuevas tecnologías, del trabajo autónomo en el ámbito de la economía colaborativa, o de la actividad por cuenta propia en régimen de coworking. Este trabajo de investigación tiene como objetivo analizar de forma crítica, utilizado la metodología jurídica, el marco jurídico vigente en materia de prevención de riesgos laborales aplicable al trabajo autónomo común, y de manera especial, el que se aplica a quien trabaja por cuenta propia sin personas asalariadas a su cargo, figura a la que se refiere este estudio con el acrónimo TACSA. Este análisis persigue comprobar si la LETA –norma marco en la materia- garantiza, de forma adecuada, el derecho a la integridad física y, concretamente, a la seguridad y salud en el trabajo, reconocidos en la propia LETA, y cuáles son los efectos más relevantes de dicha normativa en materia de protección social. En el primer capítulo se analizan las características del trabajo decente en los términos definidos por la OIT, en el entendimiento de que aquellas deben ser aplicadas al trabajo autónomo, so pena de que quedar este relegado al ámbito de la economía informal y catalogado como trabajo vulnerable. El segundo capítulo se dedica al estudio de la delimitación del trabajo autónomo y al régimen de cobertura de las contingencias profesionales en el mismo, como presupuestos de partida para el análisis que se realiza en los capítulos siguientes respecto de la necesidad de configurar un marco normativo en materia de prevención de riesgos laborales aplicable a quien desarrolla un trabajo autónomo común. Una vez analizado el concepto de trabajo autónomo incluido en el art. 1.1 LETA y en la LGSS (art.305) a los efectos de su encuadramiento en el RETA, en el Capítulo segundo se procede al análisis, de forma breve, del tratamiento que las normas de seguridad social conceden al accidente de trabajo y a la enfermedad profesional, habida cuenta que si bien es necesario otorgar una protección social adecuada a quien ha visto perjudicada su salud por causas de origen laboral, lo es, si cabe más, anticiparse al daño, es decir, establecer un marco jurídico suficiente y adecuado en materia de prevención de riesgos laborales dirigido a proteger la seguridad y salud de quien trabaja por cuenta propia l. El tercer capítulo se centra en el análisis de los elementos subjetivos del concepto de trabajo autónomo, concretamente, en la intervención de la persona física y en las principales características que, desde el punto de vista de la prevención de riesgos laborales, es preciso tener en cuenta como posibles factores de riesgo para garantizar, de forma efectiva, el derecho a la integridad física y a la seguridad y salud en el trabajo. En el Capítulo cuarto se completa el análisis de los presupuestos de partida que las normas de prevención en el trabajo autónomo deben tener en cuenta, con el estudio de las características o condiciones en las que este se desarrolla, y en particular, a través del estudio de los elementos objetivos del concepto de trabajo autónomo, es decir, las características propias del trabajo por cuenta propia, recogidas en la LETA y en la LGSS, como factores de riesgo que exigen un adecuado marco jurídico en materia de prevención de riesgos laborales no solo para garantizar la seguridad y salud de quien realiza un trabajo de esta naturaleza sino para evitar un dumping preventivo entre empresas. Una vez realizado el estudio de la intervención de la persona física y de sus características personales, formando parte del elemento subjetivo del concepto de trabajo autónomo que se infiere de la LETA y de la LGSS, y de los elementos objetivos del concepto de trabajo autónomo, en el Capítulo quinto se analiza de forma crítica el marco jurídico vigente en materia de prevención de riesgos laborales aplicable al trabajo autónomo común, y en particular, a la figura de la persona TACSA. El trabajo concluye denunciando la insuficiencia del marco jurídico vigente en materia de prevención de riesgos laborales en el trabajo autónomo común y los desajustes que este déficit provoca en materia de seguridad social, a la vez que se aportan propuestas de mejora para garantizar el derecho a la integridad física y, concretamente, a la seguridad y salud en el trabajo de las personas que trabajan por cuenta propia.
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    La reforma laboral de 2012 y su influencia en la negociación colectiva a nivel empresarial en la Región de Murcia
    (2015-10-27) Marco Candela, Jesús; García Romero, Belén; Facultad de Ciencias del Trabajo
    En el año 2012 se aprobó una reforma laboral de importante trascendencia en varios aspectos de las relaciones laborales. Esta tesis, trata de realizar un análisis del contenido general de esta reforma, para centrarnos posteriormente en uno de estos aspectos de más relevancia, debido al alcance de los cambios introducidos. Nos referimos a la negociación colectiva, especialmente a aquella llevada a cabo en el ámbito empresarial o inferior. Y es que con la entrada en vigor de esta reforma laboral los convenios colectivos sectoriales, provinciales, autonómicos o nacionales dejan de tener prevalencia sobre los convenios de nivel empresarial o ámbito inferior en contenidos de gran importancia. Con la nueva regulación, se da prioridad al convenio de empresa, garantizándose una descentralización convencional, pudiendo negociarse en cualquier momento la vigencia del convenio colectivo de ámbito superior. Además, a partir del 10 de febrero de 2012, se prevé la posibilidad de descuelgue respecto del convenio colectivo en vigor por causa económicas, técnicas, organizativas y de producción. Con el objetivo de analizar la transcendencia de estos cambios normativos en nuestra Región, se ha realizado este estudio utilizando una metodología tanto cualitativa como cuantitativa. La tesis doctoral se divide en cinco capítulos: El primer capítulo está dedicado a la descripción y justificación del estudio, detallando los objetivos y la metodología utilizada, así como las fuentes consultadas y el estado de la cuestión en el momento de empezar el estudio. El segundo capítulo supone un acercamiento teórico a la negociación colectiva y al marco jurídico de la misma. En este capítulo se diferencian los tipos de pactos colectivos, acotando posteriormente aquellos que son de relevancia para nuestro análisis. También se aclara la diferencia entre contenido obligacional y contenido normativo del convenio colectivo, para centrarse posteriormente en el estudio exclusivo de este último tipo. El tercer capítulo se centra en el análisis de la reforma laboral de 2012. En primer lugar, se analizan brevemente las reformas que se llevaron a cabo en los dos años anteriores para contextualizar esta norma. En segundo lugar, se realiza una descripción de los objetivos que persigue. Y en tercer lugar, se analiza el contenido de la misma, dedicando apartados específicos a temas tan relevantes como el nuevo marco regulador de la ultraactividad en los convenios colectivos o la inaplicación de los convenios colectivos cuando existen causas que lo justifican. El cuarto capítulo de esta tesis se centra en el estudio de la situación de la negociación colectiva a nivel empresarial tras la Reforma Laboral de 2012, analizando la situación de la misma tanto en el momento de publicación del RD-ley 3/2012,de 10 de febrero, convalidado por la Ley 3/2012, de 6 de julio, como después de la entrada en vigor del mismo, para poder comparar y analizar los efectos que esta reforma ha tenido sobre los convenios colectivos que se han negociado con posterioridad a la misma. En este capítulo son objeto de estudio todas y cada una de las mejoras introducidas en estos convenios: permisos retribuidos, vacaciones, jornada de trabajo, contratos, estructura salarial, excedencias, extinción del contrato de trabajo, formación, acción social, etc. Por último, a modo de epílogo, se presenta el quinto capítulo, donde se detallan los principales cambios que ha conllevado la reforma laboral de 2012 y se detallan las conclusiones finales del estudio, entre las que cabe destacar, la influencia de esta reforma en múltiples aspectos de las relaciones laborales de los trabajadores de nuestra Región. Palabras clave: negociación colectiva, reformas, constitución, libertad de empresa, flexibilidad, sindicatos, convenios de empresa, ultraactividad. ABSTRACT In 2012 was approved a Labor reform with high importance in various aspects of industrial relations. This dissertation focuses on the analysis of the general content of this reform, to focus later in one of the most important aspects, because of the extent of the changes. We refer to collective bargaining, especially those carried out in the business or lower level. And with the entry into force of this reform sector, provincial, regional or national collective agreements fail to take precedence over conventions enterprise level or lower level in highly relevant content. With the new regulation, priority is given to the company agreement, guaranteeing a conventional decentralization, may be negotiated at any time the term of the collective agreement of higher level. In addition, as of February 10, 2012, it provides for the possibility to pick respect the collective agreement for economic, technical, organizational and production causes. In order to analyze the significance of these regulatory changes in our region, we have conducted this study using both qualitative and quantitative methodology. This thesis is divided into five chapters: The first chapter is devoted to the description and justification of the study, detailing the objectives and the methodology used as well as the sources and the state of affairs at the time the study began. The second chapter is a theoretical approach to collective bargaining and the legal framework for it. This chapter describes the types of collective agreements, and then delimiting those that are relevant to our analysis differ. The difference between obligational content and normative content of the collective agreement also clarifies to focus later in the exclusive study of the latter type. The third chapter focuses on the analysis of the labor reform of 2012. First, the reforms carried out in the previous two years to contextualize this standard are briefly discussed. Secondly, a description of the objectives is done. And third, the content thereof is analyzed, specific sections devoted to such important issues as the new regulatory framework ultraactivity in collective agreements or the non-application of collective agreements when there are reasons justifying it. The fourth chapter of this thesis focuses on the study of the situation of collective bargaining at the enterprise level after labor reform of 2012, analyzing the situation of this issue both the time of publication of Royal Decree-Law 3/2012, of 10 February, validated by Law 3 / 2012, of July 6, and after the entry into force of this new regulation, in order to compare and analyze the effects this reform has had on the collective agreements that have been negotiated after the same. In this chapter we are studied each and every one of the improvements in these conventions: paid leave, holidays, working hours, contracts, salary structure, leave of absence, termination of the contract of employment, training, social action, etc. Finally, as an epilogue, the fifth chapter, where the major changes that has led the labor reform of 2012 and the final conclusions of the study are detailed, among which include the influence of this reform on many aspects of labor relations of workers in our region. • Keywords: collective bargaining, legislative reforms, constitution, free enterprise, flexibility, trade unions, ultraactive effectiveness.

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