Por favor, use este identificador para citar o enlazar este ítem: http://hdl.handle.net/10201/147412

Título: Artículo 205. Caducidad de la acción de impugnación
Fecha de publicación: mar-2022
Editorial: Editorial Aranzadi, S.A.U.
ISBN: 9788411255868
Materias relacionadas: CDU::3 - Ciencias sociales::Derecho: 34::346 - Derecho económico
Palabras clave: Sociedades de capital
Junta general telemática
Impugnación acuerdos sociales
Caducidad
Resumen: El régimen jurídico de la caducidad de la acción de impugnación de acuerdos sociales ha estado tradicionalmente presidido por dos principios, a saber: la distinción sustantiva entre acuerdos sociales nulos y anulables, por un lado, y, por otro, la primacía dada a las exigencias de la seguridad jurídica y vinculada a ella la preferencia por la estabilidad de la organización, funcionamiento y actuación de las sociedades de capital sobre las exigencias de conformidad a Derecho de los acuerdos de la sociedad y de protección de sus socios minoritarios. El primero de estos principios condujo inicialmente al legislador
Autor/es principal/es: Massaguer Fuentes, José
Forma parte de: La Junta General de las sociedades de capital [Comentario de los artículos 159 a 208 LSC] / Andrés Recalde Castells y Javier Juste Mencía (Coords.), Cap. IX, pp.796-815
URI: http://hdl.handle.net/10201/147412
Tipo de documento: info:eu-repo/semantics/bookPart
Número páginas / Extensión: 19
Derechos: info:eu-repo/semantics/embargoedAccess
Descripción: © 2022 Thomson Reuters Aranzadi. This document is the Submitted version of a Published Work that appeared in final form in La Junta General de las sociedades de capital [Comentario de los artículos 159 a 208 LSC].
Matería geográfica: España
Unión Europea
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