Por favor, use este identificador para citar o enlazar este ítem: http://hdl.handle.net/10201/133150

Título: Autonomía de las personas mayores vulnerables y su aplicación al ámbito sanitario
Fecha de publicación: 18-jul-2023
Fecha de defensa / creación: 12-jul-2023
Editorial: Universidad de Murcia
Materias relacionadas: CDU::3 - Ciencias sociales::Derecho: 34::347 - Derecho civil
Palabras clave: Derecho civil
Resumen: La Convención internacional sobre los derechos de las personas con discapacidad, hecha en Nueva York el 13 de diciembre de 2006 (CDPD) como tratado jurídicamente vinculante, nació con el propósito de garantizar el reconocimiento de las personas con discapacidad y, por extensión, al resto de colectivos vulnerables (tradicionalmente invisibilizados), del derecho a ejercer su capacidad jurídica en las mismas condiciones de igualdad que los demás en todos los ámbitos de la vida. Tras diversos intentos frustrados de adaptación a dicha convención de nuestro ordenamiento jurídico, se promulga la Ley 8/2021, de 2 de junio, por la que se reforma la legislación civil y procesal para el apoyo a las personas con discapacidad en el ejercicio de su capacidad jurídica y con ella se impone un cambio de paradigma al desplazar el modelo sustitutivo en la toma de decisiones por otro basado en el respeto a los deseos y preferencias de los personas con discapacidad, regulando una auténtica batería de apoyos con el propósito de que aquella finalidad prevista en el ámbito internacional sea posible. Atrás quedan instituciones de notable arraigo en nuestro derecho como la incapacitación y las tradicionales figuras tuitivas de la tutela y curatela como reflejo no sólo de una nueva realidad social sino, del respeto, sin excepción, entre otros derechos, a la autonomía de la voluntad, a la dignidad y al libre desarrollo de la personalidad de todos los miembros que conforman un estado de derecho. Sin embargo, el éxito de la mencionada ley de reforma pasa por el inexcusable esfuerzo, además de los distintos operadores intervinientes en el tráfico jurídico y de un cambio de mentalidad de la sociedad en su conjunto, por la necesaria adaptación de la legislación sanitaria donde todavía priman instituciones que, a la luz de aquella, deberían entenderse tácitamente derogadas. Dicha adaptación por otro lado, se concibe como un paso decisivo para la asunción, en el ámbito de la salud, de los nuevos retos perseguidos, especialmente en marco europeo, basados en los cuidados integrales del paciente centrados en la persona y en el respeto a sus decisiones.
The Convention on the Rights of Persons with Disabilities (CRPD), adopted by the United Nations in New York on 13th December 2006 as a legally binding treaty, was created with the purpose of guaranteeing the recognition of people with disabilities and, by extension, the rest of vulnerable groups (traditionally marginalized), of their right to exercise their legal capacity in the same terms of equality as the rest in all spheres in life. After several failed attempts to adapt the Spanish legal framework to this convention, Law 8/2021, of 2nd June, on the reform of civil and procedural law for the support of people with disabilities in the exercise of their legal capacity, was enacted. This law meant a paradigm shift because it replaced the substitute decision-making model with a model based on the respect for the wishes and preferences of people with disabilities, by regulating a wide variety of support measures so that the purpose established at an international level could be possible. Some legal concepts deeply rooted in our laws such as incapacitation and the traditional protective legal concepts of guardianship and curatorship were left behind as a reflection not only of a new social reality but also of respect, without exception, for the rights to free will, dignity and free development of the personality for all members of a rule of law. However, the success of the aforementioned reform law implies the necessary effort of the society in general and the different agents involved in the legal system in particular, besides the necessary change of mind-set of the entire society and the necessary amendment of health legislation, where there are still bodies that should be tacitly deemed as revoked in light of said law. On the other hand, such amendment is a crucial step to take on the new challenges in the context of healthcare, particularly within the European framework, which are based on the holistic care of patients and focused on the person and the respect for his/her decisions.
Autor/es principal/es: Hernández Martínez, Leticia Teresa
Director/es: Andreu Martínez, María Belén
Salcedo Hernández, José Ramón
Facultad/Departamentos/Servicios: Escuela Internacional de Doctorado
Forma parte de: Proyecto de investigación
URI: http://hdl.handle.net/10201/133150
Tipo de documento: info:eu-repo/semantics/doctoralThesis
Número páginas / Extensión: 408
Derechos: info:eu-repo/semantics/openAccess
Attribution-NonCommercial-NoDerivatives 4.0 Internacional
Aparece en las colecciones:Ciencias Sociales y Jurídicas

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