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- PublicationOpen AccessApertura de datos de salud en Francia, impacto en la investigacion y la seguridad social(2017-07-20) Debiès, EliseLas expectativa del uso o re-uso de datos publicos y personales de salud son inmensas. De hecho, estos datos se multiplican y cada vez mas el proceso de decision, pero tambien la nueva economia, se basan en ellos. El articulo presenta el panorama del tema en Francia, tanto las fuentes de datos como los proyectos para sur mejor uso, con fines de investigacion o de mejor diagnostico del paciente. El fenomeno conlleva la autodeterminacion informacional del ciudadano y la individualizacion de los derechos de seguridad social, que tambien ilustra el articulo a traves de de proyectos sanitarios y sociales, entre ellos la nueva cuenta personal de actividad.
- PublicationOpen AccessLa cara oculta de la protección por maternidad y paternidad(2016-10-17) Martínez García, María Luisa; López Aniorte, María del Carmen; Facultad de DerechoLa presente tesis doctoral persigue dos objetivos fundamentales. El primero se dirige a analizar la protección por maternidad y paternidad en nuestro Ordenamiento Jurídico desde sus inicios y hasta la actualidad, desde una perspectiva de género, para comprobar si dicha protección es dispensada por igual a hombres y mujeres, así como verificar en qué medida fomenta la corresponsabilidad entre unos y otras en los cuidados de los hijos e hijas y otros familiares. Asimismo, se analizan las medidas de conciliación para comprobar si estas perpetúan los roles de género en la crianza. Por su parte, el segundo objetivo persigue aportar soluciones a la problemática que plantea una legislación que no propicia la corresponsabilidad. Para el desarrollo de la investigación se utilizan diferentes metodologías, fundamentalmente la metodología jurídica, al constituir objeto prioritario de estudio la normativa estatal en materia laboral y de seguridad social, jurisprudencia y doctrina judicial, convenios colectivos, planes de igualdad, y estudios de la doctrina científica –fundamentalmente del ámbito jurídico-laboral-, recogidos en obras monográficas, libros colectivos y revistas científicas. También se analizan estadísticas, informes, y estudios elaborados por organismos oficiales. En el permiso por maternidad biológica, la titularidad del derecho es femenina, teniendo la finalidad de facilitar la recuperación física de la mujer trabajadora tras el embarazo, el parto y el puerperio, así como hacer posible la atención a la criatura recién nacida; por ello, atribuir la titularidad del permiso a la madre, más allá de las seis semanas de descanso obligatorias tras el parto, fomenta el rol de la mujer como cuidadora. Se comprueba que, aunque el padre puede acceder al disfrute del permiso en algunos supuestos, esta opción como medida de conciliación paterna tiene un uso escaso en la práctica, ni siquiera en el supuesto de adopción o acogimiento donde la titularidad del permiso es de ambos progenitores; concretamente, la participación masculina en la prestación por maternidad en el año 2015 fue de un 1,87%. Para la implicación del padre en la crianza, se ha establecido el permiso por paternidad. Su titularidad difiere según se trate de paternidad biológica o por adopción. En el primer supuesto dicha titularidad queda atribuida al padre, o al otro progenitor en uniones formadas por dos mujeres (en este caso el acceso materno al permiso es inexistente); por su parte, en caso de paternidad por adopción o acogimiento, la titularidad es de ambos progenitores. Su tasa de disfrute es superior al 80%, lo que evidencia que los hombres españoles responden mejor a los permisos de los que son titulares. Tras analizar los permisos por maternidad y paternidad, las medidas de conciliación, y la situación de la que partimos –el concepto de maternidad y paternidad para la ciudadanía, la baja tasa de natalidad, la discriminación laboral de las mujeres a consecuencia de la maternidad y la incidencia de esta en sus pensiones-, se evidencia la necesidad de mejorar las actuales políticas de conciliación. A tal efecto, se proponen en este trabajo unas soluciones con perspectiva de género, entre ellas, una propuesta de permisos por maternidad y paternidad iguales e intransferibles para ambos progenitores y la creación de un permiso parental. Finalmente, se concluye que tras las diferencias legales detectadas entre el permiso por maternidad y paternidad, y la falta de voluntad política para implantar en España un sistema de permisos parentales iguales e intransferibles para ambos progenitores, se oculta la división sexual de los cuidados y la persistencia de los roles de género. No cabe duda de que todo ello perpetúa la desigualdad por razón de sexo, a pesar de ser España un Estado de derecho pionero en legislación igualitaria, como la Ley de Igualdad y la Ley que autorizó el matrimonio entre personas del mismo sexo y que también permitió la adopción por parejas homosexuales. This thesis has two main objectives. The first is aimed at analyzing the protection maternity and paternity in our legal system since its inception and until today, from a gender perspective, to check if such protection is dispensed equally to men and women, as well as verify to what extent it promotes shared responsibility between each other in the care of children and other relatives. In addition, reconciliation measures are analyzed to see if these perpetuate gender roles in the rising children. Meanwhile, the second objective pursues to provide solutions to the problems posed by legislation that does not encourage responsibility. For the development of this research, different methodologies have been used, mainly legal methodology, to be a priority object of study the State regulations in labor and social security matters, jurisprudence and judicial doctrine, collective agreements, equality plans, and studies of scientific doctrine -mainly in the legal and labor areas, which they have been collected in monographic works, collective works and scientific journals. Statistics, reports, and studies produced by official agencies are also analyzed. In the license for biological maternity, the ownership of the license is feminine, in order to facilitate physical recuperation of women workers after pregnancy, childbirth and the postpartum period as well as make possible the attention to the newborn child; for that reason, allow the ownership of the license to the mother, beyond the six weeks of obligatory rest after childbirth, promotes the role of women as caregivers. It is checked that, although the father could access the enjoyment of the license in some cases, this option, as a measure of parental conciliation, has little use in the practice, not even in the case of adoption or foster care where the ownership of the license is of both parents; Specifically, male participation in maternity benefits in 2015 was 1.87%. For parent involvement in raising it has been established paternity leave. The ownership is different according to whether the paternity is biological or it is an adoption. In the first case such ownership is attributed to the father or the other progenitor in unions formed by two women (in this case the mother's access permission is nonexistent); for its part, in case of paternity by adoption or foster care, ownership is from both progenitors. Its rate of enjoyment is over 80%, evidencing that Spanish men respond better to the permissions that they are holders. After analyzing the maternity and paternity leave, the conciliation measures and the situation that we depart-the concept of motherhood and fatherhood for citizenship, the low birth rate, the employment discrimination against women as a result of motherhood and the impact of this in their pensions-, we evidence the necessity to improve the current policies of conciliation. For this purpose, some solutions with a gender perspective are proposed in this work, between them a proposal for maternity and paternity leaves equal and non-transferable for both parents and the creation of paternity leave. Finally, it is concluded that after legal differences detected between maternity leave and paternity leave, and the absence of political will for implementing in Spain a system of equal and non-transferable parental leave for both parents, it hides the sexual division of cares and the persistence of the gender roles. There is no doubt that all of this perpetuates inequality based on sex, although Spain is a pioneer state of law in equality legislation, as the Equality Law and the law which authorized same-sex marriage and also allowed the adoption by homosexual couples.
- PublicationOpen AccessLa dualidad jurisdiccional en materia de seguridad social : delimitación y distribución de competencias entre los órdenes contencioso-administrativo y social(2016-02-05) Sánchez Puerta, Domingo Andrés; Cavas Martínez, Faustino; Ferrando García, Francisca; Departamento de Derecho del Trabajo y de la Seguridad SocialLa actual situación de escisión jurisdiccional que conoce la materia de Seguridad Social es altamente insatisfactoria (acción protectora: orden jurisdiccional social; actos de encuadramiento, gestión liquidatoria y recaudatoria: orden jurisdiccional Contencioso-administrativo). Desde hace varios años se constata una tendencia a la readministravización de la Seguridad Social que, entre otros efectos, ha supuesto un vaciamiento parcial de competencias típicas del orden social. No son claras las razones de la persistencia de la situación examinada –que, en todo caso, se intuyen vinculadas a la defensa de intereses de la Administración–, aunque sí hay coincidencia en resaltar sus inconvenientes, no solo de carácter teórico sino de índole práctica y de funcionamiento: riesgo de peregrinaje jurisdiccional y de producción de criterios contradictorios sobre diversos aspectos de un mismo problema en uno y otro orden jurisdiccional; saturación de un orden jurisdiccional –el Contencioso-administrativo–, ya de por sí sobrecargado de trabajo y carente de la necesaria especialización; insatisfacción para el justiciable, que se ve expulsado de su jurisdicción natural –la social– y remitido a una jurisdicción –la Contencioso-administrativa–, más lenta y costosa. Como alguien ha señalado, «no son más que decisiones de (caprichosa o interesada) política legislativa, y como tales hay que acatarlas, aunque no nos casemos de criticarlas». Ante este estado de cosas, la mejor solución pasa por unificar en el orden jurisdiccional social todas las cuestiones que afecten a materias de Seguridad Social, en sentido amplio (actos de encuadramiento, cotización, recaudación, acción protectora), incluido el control de la potestad sancionadora, aunque esta medida requiera ajustes procesales y modificaciones de la planta judicial. A este respecto, una propuesta podría consistir en reservar la actual modalidad procesal de Seguridad Social (arts. 140-147 LJS), para conocer de las reclamaciones sobre prestaciones, y regular una o varias modalidades o especialidades procesales, inspiradas en el proceso Contencioso-administrativo, aunque sin perder de vista las señas de identidad de la jurisdicción social (celeridad, inmediación, gratuidad…) para el resto de los asuntos (gestión recaudatoria, sanciones…) en los que predomina el ingrediente de intervención administrativa. En definitiva, se trataría de retomar la solución prevista en el proyecto de LJCA antes de su paso por el Senado y utilizar un único criterio de atribución competencial de carácter objetivo, conforme a lo establecido en el número 5 del artículo 9 LOPJ, asignando este tipo de asuntos al orden judicial social sin otras excepciones que el control de la potestad reglamentaria de la Administración en materia de Seguridad Social, el uso de la delegación legislativa otorgada al Gobierno por las Cortes Generales para dictar Decretos legislativos y las reclamaciones sobre responsabilidad patrimonial contra los organismos de la Seguridad Social. El estudio viene acompañado de abundante doctrina científica y jurisprudencial sobre la actual dualidad jurisdiccional en la materia, delimitando y distribuyendo competencias entre los órdenes Contencioso-administrativo y social en base al ordenamiento jurídico vigente. ABSTRACT The jurisdictional spin-off regarding Seguridad Social (Social Security Administration) occurring presently is highly disappointing (protective action: social jurisdictional order, framing action, liquidating and tax-collecting management: Contencioso-administrativo (Administrative Litigation) jurisdictional order). Within the recent past, it can be observed a tendency to readministrate Seguridad Social that has meant a partial emptying of the competences of the social order. It is unclear the reasons why this situation under analysis persists, and these are thought may be related to the interest of the Administration. Although many do agree on the disadvantages, both theoretical and practical, as well as functional: risk of jurisdictional pilgrimage, risk of generating contradictory criteria on several aspects of a same problem in different jurisdictional orders, overload of the jurisdictional order¬- Contencioso-administrativo- already overloaded and lacking specialization; dissatisfaction for the actionable, expelled from his natural jurisdiction -social- and who is referred to a more expensive and time-consuming jurisdiction- the Contencioso-administrativo. As it has been pointed out before, “these are not more than decisions of a (whimsical or interested) legislative policy, and as such we must comply with them, although we never get tired of criticize them”. Given the state of things, the best solution is to unify under the social jurisdictional order all issues concerning Seguridad Social on a broad spectrum (framing acts, contributions, tax collection, protective action) also including control over the legal authority to impose penalties, although this measure required procedural adjustments and modification of the judicial staff. On this subject, a possible proposal would consist of preserving the present procedural modality of Seguridad Social (arts. 140-147 LJS), to identify from complaints about social benefits and regulate one or several modalities or procedural specialties, inspired on Contencioso-administrativo procedures, although not overlooking the hallmarks of social jurisdiction (celerity, immediacy, free service…) for the rest of concerns (tax-collecting management, sanctioning…) in which administrative mediation predominates. Ultimately, it would be about resuming the anticipated solution in LJCA project before being voted in Senado (Senate – Upper House) and using a single criterion of attribution of powers of an objective nature, in accordance to number 5, article 9 LOPJ, allocating these concerns within the social judicial order with no other exception than the control of the obligatory legal authority on the part of the Administration concerning Seguridad Social issues, the use of legislative delegating awarded to the Government by the Cortes Generales (General Courts: Upper & Lower Houses) to rule legislative Decretos (Decree) and complaints about patrimonial responsibility against institutions within Seguridad Social. The present research is founded on vast scientific and jurisprudential doctrine about the jurisdictional duality in this issue, delimiting and distributing competencies between Contencioso-administrativo and social orders in accordance to the current judicial order.
- PublicationOpen AccessEl procedimiento de apremio gubernativo en la jurisdicción laboral(EDERSA EDITORIALES DE DERECHO REUNIDAS S.A., 1977) Espinosa de Rueda Jover, Mariano; Derecho Financiero, Internacional y Procesal
- PublicationOpen AccessLas enfermedades psicosociales y su consideración como enfermedad de trabajo(2016-04-01) Sánchez Trigueros, Carmen; Kahale Carrillo, Djamil TonyLos riesgos psicosociales se han convertido en los últimos años en la principal fuente de siniestralidad laboral, tanto en España como en Europa, y todo apunta a que lo seguirán siendo en el futuro. La violencia laboral por razón de género se manifiesta en dos formas diferentes: el acoso sexual y el acoso por razón de gén ero. El segundo constituye un fenómeno cuya existencia se ha evidenciado en fechas relativamente recientes, por lo que ha venido siendo menos estudiado como conducta discriminatoria y manifestación de la violencia laboral por razón de género en el trabajo. Asimismo, esos fenómenos poseen, de uno otro modo, repercusión en el ámbito más concreto de la Seguridad Social, lo que interesa al presente estudio, especialmente por el tratamiento doctrinal y judicial que el acoso laboral (en cualquiera de sus modalida des específicas) viene teniendo al poder ser calificada la contingencia como accidente de trabajo
- PublicationOpen AccessLas mejoras voluntarias de la prestación por incapacidad temporal en la negociación colectiva(Tirant lo Blanch, 2025-12-17) Cavas Martínez, Faustino; Derecho del Trabajo y la Seguridad Social; Facultades de la UMU::Facultad de DerechoLas mejoras voluntarias de la Seguridad Social implantadas por la ini-ciativa privada, a las que se ha dado en llamar Seguridad Social complementaria, tienen como finalidad incrementar el nivel de cobertura de las prestaciones de la Seguridad Social básica o pública. Una mejora voluntaria habitual en nuestra nego-ciación colectiva ha sido (y es) el establecimiento de complementos económicos al subsidio público de incapacidad temporal. El propósito de este ensayo es realizar un diagnóstico certero sobre la dimensión de este fenómeno a partir del análisis directo de los textos convencionales, así como explicar en qué medida la regulación con-vencional de las mejoras voluntarias de las prestaciones de incapacidad temporal puede contribuir a controlar y reducir el absentismo, considerado como uno de los problemas más graves de nuestro mercado de trabajo. -----------
- PublicationOpen AccessModelling an Immigration Shock(2013-11-04) Boldrin, Michelle; Montes, Ana; Fundamentos del Análisis EconómicoIn this paper we model an overlapping generation economy affected by an unexpected immigration shock and figure out how household would insure against "immigration risk" efficiently. We use the model to study the impact of immigration in (i) the welfare of different generations (ii) the distributions of income among factors of production (iii) the optimal design of the interegenartional welfare state. In particular we construct a system of public education and public pensions that mimics the efficient complete market allocation. We also show the impact of immigration shock in a small open economy.In this case the external capital flows can act as sbustitutes for the miising private insurance markets.Our analysis delivers a set of predictions that we find useful to understand some aspects of the Spanish experience between 1996 and 20007.
- PublicationOpen AccessLas mutuas colaboradoras con la Seguridad Social : pasado, presente y futuro(Universidad de Murcia, 2021-02-10) Teruel Fernández, Carlos; Selma Penalva, Alejandra; Escuela Internacional de DoctoradoCarlos Teruel Fernández La presente Tesis doctoral tiene como objeto realizar un análisis exhaustivo de la figura de las Mutuas Colaboradoras de la Seguridad Social con la finalidad de alcanzar tres objetivos principales. El primero es conocer en profundidad la historia centenaria de las mutuas: cómo surgieron, con qué objetivo, las diferentes normativas que les han ido afectando y el proceso de maduración histórica que han experimentado hasta la época actual. El segundo, clarificar y sistematizar el régimen jurídico vigente, analizando la normativa aplicable y referenciando las posibles modificaciones que pueden acontecer a corto plazo por la posible aprobación del Proyecto del Reglamento de Mutuas. Y, en tercer lugar, examinar el régimen legal de las prestaciones sanitarias y económicas a las que tienen derecho los trabajadores que han sufrido un accidente de trabajo o enfermedad profesional en Italia a través del INAIL para así ofrecer una visión comparativa entre las regulaciones italiana y española. Alcanzados dichos objetivos principales, se pretende lograr un objetivo final: concluir sobre las principales vicisitudes que presenta la regulación actual de las mutuas y la forma de solucionarlas. Podrían formar parte de esta solución la elaboración de un nuevo Reglamento de Mutuas que simplifique y esclarezca la regulación actual, la instauración de un organismo único estatal especializado que gestione todas las prestaciones sanitarias y económicas derivadas de contingencias profesionales, como existe en Italia, así como la creación de órganos judiciales especializados en prestaciones de la Seguridad Social. En defecto de una normativa uniforme y actualizada, el panorama de incertidumbre es evidente, sobre todo tras la entrada en vigor de la Ley 35/2014 y sus numerosas remisiones a un Reglamento inexistente. De esta manera, se hace necesario acudir a regulaciones desfasadas mientras el venidero Reglamento de Mutuas no vea la luz. Así, es innegable que las mutuas se encuentran en una situación de inseguridad absoluta, no sólo por la dispersión y complejidad de su régimen jurídico, sino que también por la progresiva presión que los poderes públicos ejercen sobre las mismas, viendo mermadas sus cuentas anualmente por la gestión de la prestación de incapacidad temporal derivada de contingencias comunes. La metodología utilizada para el desarrollo del presente trabajo ha sido eminentemente jurídica y analítica. Jurídica porque se han utilizado las herramientas metodológicas propias de un trabajo de investigación en el ámbito de las Ciencias jurídicas, como son la Ley, la jurisprudencia y la doctrina científica. Analítica porque se han ido examinando de uno en uno los preceptos que integran el vigente régimen jurídico de las Mutuas Colaboradoras con la Seguridad Social incluido en el TRLGSS en la manera en que fue configurado por la Ley 35/2014. A medida que se analiza cada precepto del TRLGSS, se van integrando el resto de disposiciones legales, reglamentarias e incluso estatutarias que conforman su régimen jurídico. Al mismo tiempo, se pretende incorporar un enfoque práctico examinando el proceso de adaptación de las mutuas a la situación jurídica actual, los principales datos estadísticos sobre su volumen de gestión y capacidad económica y la orientación de los poderes públicos en cuanto a su evolución. Para ello se analiza determinada información suministrada por fuentes oficiales de las distintas Administraciones Públicas, por fuentes periodísticas digitales fidedignas y se examinarán los respectivos estatutos sociales de las mutuas. Para potenciar la perspectiva práctica del trabajo, se ha realizado una estancia internacional en la Universitá degli studi dell’Insubria ubicada en Como (Italia) en la que se ha podido estudiar con detalle la figura del INAIL, organismo único estatal especializado en materia de contingencias profesionales.
- PublicationOpen AccessNaturaleza de la relación jurídica de Seguridad Social : (comentario a la sentencia del TCT de 25 de marzo de 1976)(Universidad de Murcia, Servicio de Publicaciones., 1977) Garcia Ortuño, Francisco
- PublicationMetadata onlyLas pensiones, pilar fundamental en el discurso político del estado del bienestar / Mª Isabel Sánchez-Mora Molina ; directora Lola Frutos Balibrea.(Murcia : Universidad de Murcia, Departamento de Sociología y Política Social,, 2004) Sánchez-Mora Molina, María Isabel
- PublicationOpen AccessLa prejubilación en el sector bancario : impacto de la crisis económica en las extinciones de la relación laboral en el sector financiero español(Universidad de Murcia, 2022-09-21) Flores Alcázar, José; Ferrano García, Francisca; Escuela Internacional de DoctoradoLa presente tesis doctoral tiene como objeto ofrecer respuesta a los interrogantes que, respecto de la prejubilación, se plantean las personas trabajadoras del sector financiero español, tanto en el ámbito de Seguridad Social como tributario. Para ello, se ha partido de la crisis económica mundial iniciada en 2007, detonante de los procesos de concentración del sector bancario y la consiguiente reestructuración de las plantillas. La investigación analiza las distintas modalidades de acceso a la pensión de jubilación, especialmente la jubilación anticipada, por ser la prestación que normalmente pone fin al periodo de prejubilación, con particular atención a la distinción entre la anticipación por causa involuntaria y por causa voluntaria, pues los efectos que una y otra producen en la pensión y en la fiscalidad aplicable a las cantidades percibidas son importantes y trascendentes. La prejubilación, núcleo central de esta tesis, no se encuentra regulada por norma positiva alguna, por lo que se ha abordado su estudio atendiendo a la doctrina científica y, sobre todo, a la jurisprudencia de la Sala de lo Social del TS y de los TSJ, diferenciando la prejubilación negociada individualmente de aquella que tiene su origen en una causa colectiva y, singularmente, el pacto de prejubilación, su naturaleza y efectos de todo orden, tanto laborales como económicos. Se ha examinado profusamente la utilización de la prejubilación como un instrumento para reestructurar las plantillas de las entidades, tanto en el contexto del despido colectivo como de los acuerdos colectivos de empresa y extinciones de mutuo acuerdo ex artículo 49.1.a) ET, con el análisis del preceptivo convenio especial con la Seguridad Social que suscribe toda persona prejubilada. También ha parecido imprescindible un estudio de la fiscalidad derivada del pacto de prejubilación, las distintas consecuencias que comporta si se considera una extinción voluntaria o se considera fundada en una causa involuntaria, como sería el caso de un despido colectivo o un despido objetivo, destacando la dubitativa interpretación que la Sala 3ª del TS lleva a cabo para interpretar y delimitar el alcance de la exención fiscal del artículo 7.e) LIRPF. También se ha estudiado el carácter de regular o irregular de la indemnización percibida por la persona prejubilada, así como el carácter privativo o ganancial de esta. Sobre el plan de pensiones de empresa, se estudian las distintas formas de percibirlo, su carácter privativo o ganancial, así como las implicaciones de su externalización mediante un contrato de seguro. Del estudio de esta tesis se puede inferir la negativa afectación que, para las personas que se prejubilan, han supuesto las distintas modificaciones que se han venido introduciendo en las prestaciones de Seguridad Social, dirigidas a conseguir un recorte real y efectivo de la cuantía de las pensiones, así como en la regulación del despido colectivo y sus consecuencias, a lo que se unen las modificaciones de Derecho tributario respecto a la sujeción o no al IRPF y su calificación de las cantidades percibidas con motivo de la prejubilación. Estos cambios llevan a las empresas a endurecer las condiciones económicas de las prejubilaciones, dirigiéndose a una estricta aplicación de la norma. Entre otras conclusiones de esta investigación, cabe afirmar la necesidad de que el legislador incluya la prejubilación como una nueva prestación de Seguridad Social, procurando la tutela de las personas trabajadoras de avanzada edad próximas a la edad de jubilación ordinaria que difícilmente vuelven a insertarse en el mercado de trabajo, al tiempo que la satisfacción del oportuno retorno del gasto que, para las arcas públicas, supone su prejubilación.
- PublicationOpen AccessEl procedimiento de recaudación en vía ejecutiva de las deudas con la Seguridad Social(Universidad de Murcia, 2023-10-05) Azor Oliver, Ana Gloria; Cavas Martínez, Faustino; Escuela Internacional de DoctoradoLa materia objeto de investigación se centra en el estudio técnico-jurídico del procedimiento de recaudación ejecutiva en la Seguridad Social, acudiendo tanto al análisis de la normativa aplicable como a la respuesta que desde la jurisprudencia se ha dado a los posibles aspectos que pueden ofrecer una mayor dificultad en la práctica diaria. Los objetivos que se han marcado pasan por el análisis de la situación actual del procedimiento recaudatorio en la Seguridad Social y la constatación de la aplicación del derecho en esta materia a través de las sentencias dictadas por los Tribunales españoles. La metodología utilizada en la investigación jurídica propia de este trabajo corresponde a lo que ha sido definido como investigación documental. Pretendemos realizar un análisis del procedimiento de recaudación ejecutiva en la Seguridad Social, para lo cual nos apoyaremos en la normativa vigente, textos doctrinales, así como resoluciones judiciales. Las conclusiones que con este estudio se han podido extraer versan en relación con el cumplimiento del mandato constitucional de mantener un régimen público de Seguridad Social para todos los ciudadanos para lo cual el procedimiento de recaudación ejecutiva contribuye a lograr tal fin conformando un sistema recaudatorio del Estado. Este procedimiento se halla recogido en la normativa que se ha mencionado anteriormente. Se trataría de un procedimiento de carácter administrativo, llevado a cabo por la Tesorería General de la Seguridad Social en aquellos supuestos en que el sujeto obligado al pago no procede al mismo en los periodos en los que fija la ley. El objetivo último de este procedimiento no es otro que allegar los recursos a que tiene derecho la Seguridad Social
- PublicationOpen AccessEl recargo de prestaciones económicas de Seguridad Social : historia, presente y futuro(2017-05-02) López Fernández, Rubén; Luján Alcaraz, José; Escuela Internacional de DoctoradoLa presente tesis tiene por objeto transmitir qué es el recargo de prestaciones económicas por omisión de medidas de seguridad y salud laboral. Institución ésta fundamental para el sistema español de prevención de riesgos laborales, pero lastrada por una indefinición jurídica generadora de problemas aplicativos que merman su reputación actual. En cuanto a su forma, la tesis se estructura en dos partes, de dos y cinco capítulos, dedicadas la primera al estudio del deber de protección del empresario y del cuadro de responsabilidades que pueden derivarse de su incumplimiento, y la segunda a la disección profunda de la figura analizada. El primero de los capítulos expone, con vocación introductoria, los argumentos que llevan a la normativa preventiva a configurar al empresario como centro de la diana a efectos de responsabilidad. Así lo quiere el art. 14 LPRL cuando establece el derecho de los trabajadores a “una protección eficaz en materia de seguridad y salud en el trabajo”, y el correlativo deber de protección del empresario para con los riesgos que puedan amenazar la integridad de sus operarios. En el capítulo II se expone el cuadro de responsabilidades en que puede incurrir el empleador si infringe esta normativa: civil, penal, administrativa y prestacional. Ello, con la única pretensión de proporcionar al lector una visión panorámica del sistema y de informar sobre el lugar que ocupa en el mismo el instituto estudiado. El capítulo III se inicia el examen del recargo, mediante una aproximación histórica a las normas que han marcado su evolución, abarcando desde su embrión en la primera Ley de Accidentes de Trabajo hasta su configuración actual en el artículo 164 LGSS. El capítulo IV desarrolla en profundidad los requisitos esenciales para su aplicación, los cuales, en opinión de la doctrina y la jurisprudencia mayoritarias, pueden concretarse en: el acaecimiento de una contingencia profesional, la omisión empresarial de alguna medida de seguridad, la existencia de nexo causal entre la omisión de medidas y el daño sufrido por el trabajador, y la observancia de culpa o negligencia del empresario. Es en el quinto capítulo donde se aborda el conocido debate sobre la naturaleza jurídica del recargo. Su pervivencia pacífica en el sistema hace necesario decantarse por si se está ante una sanción o una indemnización, pues urge verdaderamente acabar, de una vez por todas, con el panorama de incertidumbre generalizada que su indefinición siembra en todos los estamentos de la rama social del Derecho. A describir el peculiar procedimiento para su imposición se dedica el capítulo VI, desde la iniciación −las más de las veces motivada por un informe-propuesta del Inspector de Trabajo actuante− hasta la impugnación ante la Jurisdicción Social, de darse ésta. Y se reserva el capítulo final a la determinación de su cuantía, mediante el examen de los principales criterios seguidos por los TTSSJJ para determinar el porcentaje de incremento prestacional pertinente, con atención especial a la imprudencia del accidentado. Se trata de uno de los puntos cruciales de la figura objeto de tesis, por cuanto representa una importancia económica sustancial tanto para el pagador como para el receptor de la misma. Además, se considera escasa la atención doctrinal que ha suscitado el tema, lo cual contrasta con la desbordante conflictividad que genera la amplia discrecionalidad a que habilita el art. 164 LGSS cuando únicamente establece como directriz “la gravedad de la falta”. Rigurosamente, al final se exponen cuantas conclusiones se han ido alcanzando a lo largo de la investigación, las cuales se consideran eficaces y consecuentes con las perspectivas generadas en la introducción de este estudio. * * * ABSTRACT This dissertation aims at shedding some light on the security surcharges procedure in those cases where there is an omission in the area of Labor Law, Health and Safety at the work place. Although, the Occupational Risks Prevention System plays a major role in Spain, its status has been somehow under scrutiny since it is believed that it might lack legal certainty. As far as this thesis is concerned, it is structured into two different parts having the first one two chapters and the second one five. The first part is devoted to analyzing the duty of protection on the part of the employer and the liabilities that may arise from their non-compliance, whereas the second one deepens into the main issue which gives shape to this thesis at stake. The first chapter introduces the arguments that lead the preventive regulation to identify the entrepreneur as the center of the target for purposes of responsibility. Article 14 establishes the workers’ right to "effective protection in occupational safety and health matters", and it also sets out the duty of protection from the employer to the risks that may threaten the integrity of their operators. Chapter II sets out the responsibilities that the employer may incur if he or she violates the following regulations civil, criminal, administrative and service, with the aim of providing the reader with a realistic insight of the way it is carried out. Chapter III begins with the examination of the surcharge, by means of a historical approximation to the norms that have marked its evolution, ranging from its origin in the first Law of Work Accidents to its current status, rendered explicit in article 164 LGSS. Chapter IV studies thoroughly the essential requirements for its application, which, in the opinion of the majority doctrine and jurisprudence, can be synthesized in the occurrence of a professional contingency, the omission, on the part of the entrepreneur of a security measure, the existence of a causal link between the omission of measures and the damage suffered by the worker, and an attitude of fault or negligence from the employer. In the fifth chapter the emphasis is placed on the well-known debate about the legal nature of the surcharge. Its continuity in the system makes it necessary to choose whether there is a sanction or compensation, because it is truly urgent to end, once and for all, the scenario of general uncertainty that its unclear definition generates in all the sections of the social branch of the Law. Chapter VI is devoted to describing the peculiar procedure for its application, from the initiation −most of the time motivated by a report− proposal made by the Labor Inspector acting - until the impugnation of the Social Jurisdiction, in case there was one. And it is in the final chapter where the final amount will be established, by examining the main criteria followed by the TTSSJJ as a clear attempt to determine the percentage of the relevant salary increase, paying special attention to the imprudence of the injured person. This is one of the crucial aims of the thesis at stake, since it does not only represent a substantial economic importance to the payer, but also to the receiver. In addition, the doctrinal attention that has raised the subject is considered to be scarce, as it contrasts with the overwhelming conflict generated by the wide discretion allowed by Art. 164 LGSS since it only establishes as a guideline "the gravity of the fault”. At the end of this dissertation several conclusions that have been reached throughout the research will be rendered explicit. These conclusions are considered to be efficient since they comply with the perspectives generated at the beginning of this study.
- PublicationOpen AccessLa reforma de la seguridad social de 2011 : análisis del proyecto de ley sobre actualización, adecuación y modernización del Sistema de Seguridad Social(Murcia : Universidad de Murcia, Servicio de Publicaciones, 2010) Ortiz González-Conde, Francisco MiguelMucho se ha hablado sobre la necesidad de una reforma que garantice la viabilidad del sistema pensiones a largo plazo, consecuencia de una baja natalidad y un progresivo envejecimiento poblacional, máxime cuando se aguarda la jubilación en próximas décadas de la generación “baby boom” con la consiguiente sobrecarga en el gasto del sistema que ello supondrá, pero, no sólo el desequilibrado reparto entre número de trabajadores activos por pensionista, se configura como única amenaza. Del mismo modo, la crisis económica global, convierte en “inevitable” y “urgente” dicha reforma. Ante esta situación, finalmente se ha presentado al Parlamento el proyecto de Ley sobre actualización, adecuación y modernización, que replantea los términos de percepción de la pensión de jubilación. El presente trabajo pretende analizar los cambios y novedades que trae consigo esta nueva reforma de Seguridad Social, referentes a la edad pensionable, a la reformulación de requisitos de acceso establecidos para cada modalidad, a la nueva fórmula de cálculo, y a la introducción de medidas tendentes a alcanzar la máxima contributividad y proporcionalidad de las prestaciones; con el pretendido objetivo último, de salvaguardar la solvencia de nuestra Seguridad Social.
- PublicationOpen AccessLa relación laboral especial del deportista profesional en el siglo XXI : aspectos contractuales, novedades y tendencias. La respuesta del derecho ante los cambios sociales en el deporte(Universidad de Murcia, 2021-02-15) Martínez Pérez, Alfredo; Luján Alcaraz, José; Selma Penalva, Alejandra; Escuela Internacional de DoctoradoTras más de treinta años de la entrada en vigor del Real Decreto 1006/1985, de 26 de junio por el que se regula la relación laboral de los deportistas profesionales, se presenta la oportunidad, y ese es el objetivo del presente trabajo, de analizar el devenir de lo regulado en dicho texto en cuanto a las relaciones laborales que ampara y su adecuación a la realidad social del momento histórico que vivimos. Igualmente procede el estudio de aquellas relaciones profesionales tangenciales a la relación laboral de deportista profesional, pero que la normativa mencionada no recoge expresamente, y que deberían encontrarse en su regulación, tal y como preconizan la doctrina científica y la judicial. Todo ello visto desde el prisma de la actualidad y de las nuevas e incipientes profesiones que se han generado alrededor del deporte. Para cumplir dicho objetivo, estudiaremos cuáles son esas posibles nuevas profesiones, dando un breve repaso a las notas características de la relación laboral de deportista profesional, y también aquellas otras, no tan nuevas, sino que nacieron en la propia génesis del deporte en sí mismo, pero que siempre se han relegado a un segundo plano dentro del ámbito jurídico y que por vía jurisprudencial reclaman su inclusión. Estas profesiones, cuya calificación es objeto de un debate inacabado, van a ser estudiadas con un método clásico. Es decir, partiendo del Real Decreto 1006/1985, de 26 de junio, por el que se regula la relación laboral de los deportistas profesionales, para buscar en la casuística judicial y en los criterios jurisprudenciales y doctrinales no solo una cabal comprensión del mismo, sino una opinión fundada acerca de su vigente actual y oportunidad de reforma. Como conclusión definitiva, hay que destacar la inoperatividad del modelo laboral deportivo actual, lo que exige una reforma del ámbito de la relación laboral especial del deportista profesional con el fin de ampliar de forma exponencial su ámbito subjetivo de aplicación, con la introducción de todas las figuras que se han analizado en el presente trabajo. Los menores, la mujer, los gamers, y todas aquellas realidades que han aparecido en fechas relativamente recientes en el panorama deportivo de la sociedad, deben tener su lugar en el ordenamiento jurídico y eso pasa por la derogación de la LD y del RD 1006/1985 y el dictado de nuevas normativas.
- PublicationMetadata onlyLa seguridad social de los artistas profesionales en espectáculos públicos / Sonia Murcia Molina; directores, Faustino Cavas Martínez, Francisca Ferrando García.(Murcia : Universidad de Murcia, Departamento de Derecho del Trabajo y la Seguridad Social,, 2011) Murcia Molina, Sonia
- PublicationOpen AccessSistema especial del régimen general de la seguridad social aplicable a las industrias de conservas vegetales(EDERSA EDITORIALES DE DERECHO REUNIDAS S.A., 1980) Espinosa de Rueda Jover, Mariano; Derecho Financiero, Internacional y Procesal
