Browsing by Subject "Derecho internacional privado"
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- PublicationOpen AccessCompetencia externa exclusiva de la Unión Europea y derecho internacional privado(Universidad Carlos III de Madrid, 2014-03) Carrillo Lerma, Celia; Sin departamento asociado; Facultades de la UMU::Facultad de DerechoThis paper deals with how to explain the conferring, explicit or implicit, of exclusive competence to the European Union in order to conclude an international agreement on private international law. It is, generally and at times, a necessary method so as to warrant the attainment of the objectives that have been assigned to the European Union by Article 81 TFEU.
- PublicationOpen AccessCompetencia judicial internacional y compraventa internacional de marcaderías: un estudio de metajurisprudencia análitica(2016-06-01) Lorente Martínez, Isabel; Carrascosa González, Javier; Facultad de DerechoI. Objeto de la Tesis: El objeto de la presente tesis doctoral es descifrar el verdadero significado del artículo 7.1 b) guion primero del Reglamento Bruselas I bis. Este es un precepto que parece enigmático, crítico y oscuro. Un precepto que presenta perfiles de gran profundidad teórica y práctica. En este trabajo persigue extraer la esencia de este precepto, desvelar la auténtica intención que el legislador europeo perseguía con el mismo y responder así a las distintas cuestiones que suscita su lectura. El artículo 7.1 b) del Reglamento Bruselas I bis es un precepto que suscita y plantea numerosos desafíos. Es preciso concretar si se trata de una norma material directa que especifica el tribunal competente mediante datos de hecho o si se trata, al contrario, de una norma que emplea conceptos y elementos que deben tomarse de una determinada Ley estatal. También es necesario aclarar si esta norma requiere, para su correcto funcionamiento, la aplicación de la Ley que rige el contrato. Del mismo modo, resulta conveniente decidir si es preciso que exista un “contrato válido” con arreglo a la Ley reguladora para que opere el foro en "materia contractual". Necesario es también arrojar luz sobre los cánones hermenéuticos a emplear en la interpretación del precepto. En dicho contexto, resulta preciso también cifrar los términos de la interpretación europea del precepto y del papel, si es que alguno juega en la cuestión, que pueden desempeñar los conceptos jurídicos nacionales. Otro desafío que plantea este precepto es descubrir la finalidad última del mismo, los intereses que la norma protege, preserva y defiende. Se trata de revelar si el precepto beneficia o privilegia a alguna de las partes, a comprador o a vendedor, o por el contrario, si se trata de una norma neutra que no persigue favorecer a una parte concreta. Desde un prisma social, es imprescindible, asimismo, determinar si este precepto impulsa la contratación internacional y, en general, es una norma positiva para el comercio internacional o una norma que opera o puede operar como freno a los intercambios internacionales de factores productivos. II. Metodología: La presente tesis es una tesis en Derecho que, como tal, analiza la realidad legal a través del estudio de tres ejes metodológicos fundamentales: 1) La ley: El artículo 7.1 b) del Reglamento Bruselas I bis. 2) La Jurisprudencia: es el arte de la creación de auténticas normas jurídicas para regular los casos concretos. 3) Y la doctrina: La doctrina ha reflexionado con profundidad sobre este precepto y sobre sus dimensiones aplicativas. Las aportaciones de la doctrina han sido de inmenso valor para el presente trabajo. Así pues, la metodología utilizada es una ajustada combinación de la Ley, base fundamental del trabajo (= el Derecho positivo europeo), la jurisprudencia (= tanto jurisprudencia europea, como jurisprudencia nacional de los Estados miembros) así como de doctrina (= reflexiones de los expertos jurídicos en Derecho europeo y en Derecho español y de otros Estados miembros). IV. El resultado: Los principales resultados alcanzados tras un análisis del foro de competencia judicial internacional especial por razón de la materia, contenido en el artículo 7.1 b) del Reglamento Bruselas I bis, se pueden exponer sucintamente en los siguientes puntos: a) Este foro de competencia judicial internacional ha sido diseñado para que su aplicación resulte sencilla para las partes y el tribunal. b) El foro de competencia judicial internacional se construye sin normas de conflicto ni remisiones a Derechos nacionales. De este modo, el legislador europeo y también el TJUE ha puesto en su sitio a la norma de conflicto. Se litiga en el lugar donde se debe entregar la cosa definido éste en términos materiales. c) Este foro de competencia judicial internacional es, desde un punto de vista económico, eficiente. Este foro es una aplicación concreta del principio de proximidad. Por ello es eficiente para las partes. Éstas litigan ante el tribunal que previsiblemente tiene contactos sustanciales con el litigio. De modo paralelo, también se logra una buena y adecuada administración de la justicia. Todo gira en torno a la "cosa". Las partes saben que litigarán en el lugar donde se entregue la cosa, y el tribunal podrá ejercer su labor jurisdiccional del modo más adecuado porque es el tribunal correspondiente al lugar donde se haya entregado la cosa. En efecto, ese tribunal es el que está en mejores condiciones para que su labor judicial, reflejada en las actividades de pruebas, notificaciones, embargos, secuestros y ejecuciones o cualquier otra, se realice con la mayor calidad y celeridad y con el menor coste económico. d) El escenario normativo ha cambiado drásticamente. Los Derechos nacionales quedan relegados a un segundo plano. El presente y el futuro del Derecho internacional privado en España está hoy representado por el Derecho internacional privado europeo. Por consiguiente, los operadores jurídicos del siglo XXI deben estudiar, conocer y dominar el Derecho Internacional Privado europeo. Deben aprender a manejar, interpretar y aplicar conceptos europeos, métodos europeos de interpretación, ajustarse a una sistemática legal europea y valorar objetivos europeos. Por esto esta tesis doctoral se enmarca en la realidad del Derecho internacional privado de nuestros días: el espacio judicial europeo. ABSTRACT: I. Purpose of this doctoral dissertation. This doctoral thesis aims to decode the real meaning of Article 7.1 b) first point of the Brussels I bis Regulation 1215/2012. This legal provision may seem quite be enigmatic, critical and dark. It shows different profiles of great theoretical and practical depth. It is necessary to make concrete if Article 7.1 b) of the Brussels I bis Regulation should be interpreted as a direct substantive rule that leads to the specific competent court (= a material legal rule) or, on the contrary, it operates as conflict rule which takes concepts and elements from a particular state Law. In this vies, it should be clarified the role of the Law governing the contract. The validity of the sale as a contract in accordance with the Law that governs it, should be also be considered. The European Court of Justice has clarified that this legal provsion is submitted to an European interpretation, that is to say, it uses only European legal terms and not national concepts. Another challenge that this legal rule raises is to detect which is the last substantial purpose of it. Some legal scholars sustain that the rule's purpose is to favor the buyer or seller, but other legal experts have claimed that, on the contrary, that is a neutral legal provision that does not favour any of the parties. Moreover, it is clear that Article 7.1.b) stimulates international and this is the key element that helps the interpreter to penetrate into the essence of this legal provision and to discover how it should be construed. II. Methodology. As a research in private international law, this doctoral thesis amis to analyze the legal reality thorugh the consideration of three methodological fundamental elements: law, case-law, and academic literature. This doctoral thesis has combined these three methodological elements:: Law, as the fundamental base of the work (= i.e.: European private international Law); case-law (= both European jurisprudence, and national jurisprudence on the Brussls I-bis Regulation) and academic literature (= referred both to European Law and to Spanish Law when needed). These three axes have been used to develop the conclusions. IV. The result: The principal results of this research may can be concentrated in the following points: a) This ground of jurisdiction, place of delivery of goods, has been selected in order to operate as a simple rule both for the parties and for the state courts. b) This ground of jursisdiction should be construed without any reference to national Laws. Thus, the conflict rule does not operate in this sector. The place where the goods must be delivered has to interpreted as an autonomous concept. c) This ground of international jurisdicion is, from an economic point of view, totally efficient. It fits with the proximity principle. The court with international jurisdiction according to Art. 7.1.b) Brussels I bis Regulation is always predictable for the parties. The main element of this groud of jurisdiction is "the goods", "the litigious goods". This also aims to the sound administration of justice. Everything in this ground of jurisdicion concerns the goods. The parties know where the goods are or should be as well as the court should know that. d) The elgal scenario has totaly changed. National Laws remain relegated to the background. European private international law is the present and the future in international litigation. Legal experts of the 21st Century should focus on European private international law: European concepts, European methods of interpretation, European aims of the law.
- PublicationRestrictedEl contrato de franquicia en Derecho internacional privado europeo(Marcial Pons, 2018-01) Cebrián Salvat, María Asunción; Derecho Financiero, Internacional y ProcesalLas operaciones de franquicia encuentran en el ámbito internacional su espacio natural de desarrollo. Sin embargo, en dicho contexto internacional, particularmente en la Unión Europea, la franquicia no ha desarrollado todo su potencial. En parte, ello se debe a lo difícil que resulta determinar la competencia judicial internacional y la Ley aplicable a estas operaciones contractuales. A ello contribuye su carácter complejo, su organización en forma de red y la continuamente alegada desigualdad por parte del franquiciado respecto del franquiciador. La presente monografía tiene por objeto resolver esas dificultades y presentar soluciones prácticas y fácilmente aplicables en relación al tratamiento de los contratos de franquicia en Derecho internacional privado europeo, particularmente en el Reglamento n. 1215/2012 de 12 de diciembre de 2012 relativo a la competencia judicial, el reconocimiento y la ejecución de resoluciones judiciales en materia civil y mercantil (Bruselas I bis) y en el Reglamento n. 593/2008 de 17 de junio de 2008 sobre la ley aplicable a las obligaciones contractuales (Roma I). Estas soluciones se enmarcan en los principios fundamentales de Derecho de la UE de libertad de circulación y de fomento del mercado interior, finalidad última del Derecho internacional privado europeo.
- PublicationOpen AccessContratos internacionales de franquicia : competencia judicial internacional y ley aplicable en la Unión Europea(2017-07-14) Cebrián Salvat, María Asunción; Carrascosa González, Javier; Facultad de DerechoEsta Tesis doctoral tiene como objeto los contratos de franquicia en el Derecho internacional privado de la Unión Europea. Con el estudio de dicho objeto se pretende alcanzar dos objetivos fundamentales. En primer lugar, clarificar, clasificar y sistematizar el conocimiento existente sobre la cuestión. En segundo lugar, aumentar tal nivel de conocimiento, colmando aquellas cuestiones que no han sido resueltas por el legislador, la jurisprudencia o la doctrina, que en materia de franquicia son muy numerosas por tratarse de operaciones comerciales de importante dimensión y complejidad. Para alcanzar estos resultados se ha analizado la regulación existente, se han puesto de manifiesto los problemas que suscita tal regulación y se han sugerido soluciones a los mismos. Estas soluciones se enmarcan en los principios fundamentales de Derecho de la UE de libertad de circulación y de fomento del mercado interior, pues ambos constituyen la finalidad última del Derecho internacional privado europeo. De las conclusiones obtenidas puede afirmarse que los desafíos que suscita la aplicación del Derecho internacional privado europeo a los contratos de franquicia pueden solucionarse con un correcto ejercicio de la autonomía de la voluntad conflictual de las partes tanto en relación a la Ley aplicable a sus relaciones como a los tribunales competentes para conocer de los litigios derivados de las mismas, así como con una interpretación estrecha del concepto de “leyes de policía” por parte de los tribunales de los Estados miembros. En defecto de pacto, estos problemas se solventan mediante interpretaciones correctoras de los preceptos del Reglamento n. 1215/2012 de 12 de diciembre de 2012 relativo a la competencia judicial, el reconocimiento y la ejecución de resoluciones judiciales en materia civil y mercantil (Bruselas I bis) y del Reglamento n. 593/2008 de 17 de junio de 2008 sobre la ley aplicable a las obligaciones contractuales (Roma I). Entre estas interpretaciones, cabe destacar la consideración de los contratos de franquicia como contratos de prestación de servicios a los efectos del art. 7.1 RB-I bis y la consideración de la residencia habitual del franquiciado como el lugar en que se encuentra el establecimiento franquiciado a los efectos del art. 4.1.e RR-I. ABSTRACT This PhD dissertation is entitled “International Franchising Agreements: Jurisdiction and Applicable Law in the European Union”. It aims to study franchising agreements in European private international law. This analysis pursues two main objectives. Firstly, it aims to clarify, classify, and systematize the existing knowledge about the topic. Secondly, it seeks to increase this level of knowledge, closing the legal gaps which have been addressed neither by the lawmaker nor by the case law nor by the legal literature. These gaps are numerous in the field of franchising, due to the complexity of these legal transactions. To achieve these objectives, the existing legislation has been analyzed, the problems raised by this legislation have been highlighted and solutions have been suggested. These solutions have been retrieved from European principles. Freedom of movement and the promotion of the internal market, as the ultimate goal of European private international law, have been specifically considered. As a general conclusion of this research, the challenges posed by franchising agreements in European private international law can be overcome with a proper exercise of party autonomy in relation to the law applicable to their relations and to the courts that shall have jurisdiction over the case and with a narrow interpretation of the concept of “overriding mandatory provisions” by Member States’ courts. In the absence of choice, these challenges can be mastered by corrective interpretations of the rules of Regulation No. 1215/2012 of the European Parliament and of the Council of 12 December 2012 on jurisdiction and the recognition and enforcement of judgments in civil and commercial matters (Brussels I recast) and Regulation No. 593/2008 of the European Parliament and of the Council of 17 June 2008 on the law applicable to contractual obligations (Rome I). Among these interpretations, it is worth mentioning the consideration of franchise agreements as contracts for the provision of services for the purposes of art. 7.1 RB-I bis and the consideration of the habitual residence of the franchisee as the place where the franchised establishment is located for the purposes of art. 4.1.e RR-I.
- PublicationOpen AccessLa dación en pago en las ejecuciones hipotecarias(Universidad de Murcia, 2018-11-29) Molina Claramonte, Carolina Blanca; Carrascosa González, Javier; Martínez Rivas, Francisco; Escuela Internacional de DoctoradoLa presente tesis tiene por objetivo realizar una minuciosa investigación sobre las ventajas e inconvenientes de la dación en pago, equilibrando las dos partes del procedimiento de ejecución hipotecaria (acreedor y deudor hipotecario). En primer lugar, se ha hecho un análisis exhaustivo de todas aquellas normas legales, doctrina y jurisprudencia que regulan la protección de los deudores hipotecarios, así como la normativa que suspende los lanzamientos hasta el año 2020. En segundo lugar, se ha utilizado el tipo de preguntas y respuestas a fin de solventar todas aquellas cuestiones que en la vida cotidiana suelen ocurrir y se ha explicado el iter procesal que se sigue en un procedimiento de ejecución hipotecaria, señalando los motivos de oposición que el deudor podrá alegar en tal caso, así como la estructura que tiene tanto una demanda de ejecución hipotecaria como la oposición a la misma. En tercer lugar, se ha aludido a los sistemas de ordenación de la propiedad inmueble en otros países, haciendo especial hincapié al derecho inglés por las particularidades que ostenta en comparación con el derecho español y que resultan totalmente ilustrativas y de gran ejemplo para España al proteger a ambas partes y conseguir ayudas gubernamentales para solventar las situaciones de aquellas personas que en un momento dado de su vida no pueden hacer frente a la deuda que contrajeron. Por ello, el objetivo de la presente no es otro que la investigación dirigida a evitar la desgracia económica que han sufrido muchas familias con ocasión de la crisis inmobiliaria, realizando al efecto una serie de conclusiones y propuestas, ambas basadas en un estudio de investigación legal, doctrinal y jurisprudencial profundo. No hay que olvidar que todo tiene su origen en un préstamo hipotecario concedido por la entidad acreedora, (en España bancos o cajas de ahorro y en Inglaterra, además de bancos, entidades locales y building societies, sociedades industriales y económicas, sociedades de previsión social y fiduciarios, entre otros) que debió ser explicado de forma previa a la contratación, en concreto, debió informarse de los escenarios positivos y negativos que se podían producir en caso de incumplimiento, así como no incluir cláusulas declaradas absolutamente abusivas, tanto por el Tribunal Supremo como por el Tribunal de Unión Europea, entre otros. Dichas cláusulas son las relativas a la cláusula suelo, gastos hipotecarios o vencimiento anticipado, por nombrar algunas, en las que el Banco, en una posición dominante hizo que el consumidor se adhiriera a ellas, sin posibilidad de negociación. La nulidad de las mismas no implicará la nulidad del contrato por completo, sino que se tendrán por no puestas. Por ello, a la entidad bancaria se le exige un grado de diligencia superior que al hombre medio, muy cercana a la responsabilidad por riesgo del profesional dada su experiencia profesional en la actividad financiera. A consecuencia de ello, serán muchos los supuestos en los que la oposición a la ejecución hipotecaria acabará en éxito para la parte deudora, sin perjuicio de la suspensión acordada en estos procedimientos por los Tribunales a día de hoy. De ahí, que resulte más equitativo para un Estado de Derecho como el que vivimos que en caso de incumplimiento, la entidad acreedora solo pueda reclamar judicialmente el impago cuando el mismo represente un porcentaje de la totalidad y en ningún caso tres cuotas como indica en la actualidad la propia Ley de Enjuiciamiento Civil. Interesa destacar propuestas tales como la unificación de normativa en transparencia bancaria a nivel europeo, debiendo ser facilitada por el Banco Central Europeo a fin de lograr que las medidas se apliquen por igual a todos los ciudadanos de la Unión, de modo eficiente y equitativo. Otra propuesta que sería de gran interés para la economía española y sobre todo para aquellos consumidores que soliciten préstamos hipotecarios en el futuro es la regulación de modelos escritos con las cláusulas contractuales adecuadas para evitar aquellas abusivas que imponen obligaciones y gastos al prestatario pero no a la parte prestamista. Otras propuestas de lege ferenda que se encuentra en la tesis aluden a la necesidad de que se produzca la inversión de la regla del artículo 140 de la Ley Hipotecaria, así como impedir que sea el Banco el que se adjudique la vivienda por un precio inferior al valor de tasación, debiendo cubrirse correctamente las lagunas que siguen patentes y que son gravemente perjudiciales para el ciudadano de a pie". This thesis aims to carry out a thorough investigation of the advantages and disadvantages of the dation in payment, balancing the two parts of the foreclosure procedure (creditor and mortgage debtor). Firstly, an exhaustive analysis has been made about all those legal norms, doctrine and jurisprudence that regulate the protection of mortgage debtors, as well as the regulations that suspend launches until the year 2020. Secondly, it has been used the type of questions and answers in order to solve all those issues that in the everyday life usually happen. In addition to that it has also been explained the procedure in a mortgage execution, pointing out the reasons that the debtor may argue in such a case, as well as the structure that has both a demand of mortgage execution and the opposition to it. Thirdly, reference has been made to real estate management systems in other countries, with special emphasis on English law because of the peculiarities it has in comparison with Spanish law, which are totally illustrative and a great example for Spain. That’s because such a law protects both parties and gets government aid to solve the situations of those people who at a certain moment of their lives could not cope with the debt they incurred in. Therefore, the purpose of this thesis is a research aimed at avoiding the economic misfortune suffered by many families during the real estate crisis. Moreover, within the thesis are proposed several concluding and different ideas and proposals, both based on a legal research study, with doctrinal and jurisprudential fundamentals. It should not be forgotten that everything has its origin in a mortgage loan granted by the creditor entity, (in Spain, Banks or local savings Banks (cajas), and in England, in addition to banks, local entities and building societies, industrial and economic societies, social welfare societies and fiduciaries, among others). That’s why it should have been explained the risk prior to the hiring, in particular, it should have had to be informed of the positive and negative scenarios that could occur in case of non-compliance, as well as not include clauses declared absolutely abusive, both by the Court Supreme as by the European Union Court, among others. Those clauses are the so-called “interest rate floors”, mortgage expenses or advanced maturity, to name a few, in which the Bank, in a dominant position, caused the consumer to adhere to them, without possibility of negotiation. The nullity of those clauses will not imply the contract nullity in full, but the consideration of “not set”. Therefore, banks are required a higher degree of diligence than regular people, very close to the risk liability of the professional given their professional experience in financial activity. Hence, the aforementioned scenario is more equitable for the Spanish State that in case of default, in which the creditor can only claim the default if it represents a percentage of the total amount, and in no case three quotas as indicated in the Civil Procedure Law. It is important to highlight proposals such as rules unification in bank transparency at European level, which also must be provided by the European Central Bank in order to ensure that the measures are applied equally to all Union citizens, in an efficient and Equitable way. Another proposal that that would be very interesting to Spanish economy and especially for consumers who apply for mortgage loans in the future is the regulation of “written models” with the appropriate contractual clauses to avoid those abusive clauses because these clauses impose obligations and expenses on the borrower but not on the lender party. Other “lege ferenda” proposals explained in this thesis allude to the need of reversing the 140th Article of the Mortgage Law, as well as the need of preventing the Bank from self-adjudicating housing in a lower price than its appraised value. The ideas and proposals within this thesis could help to bridge the gap in matters that are seriously and negatively affecting ordinary citizens."
- PublicationOpen AccessEl derecho internacional privado de la Comunidad Europea(Universidad de Murcia, Servicio de Publicaciones., 2003) Calvo Caravaca, Alfonso Luis; Departamentos y Servicios::Departamentos de la UMU::Derecho Financiero, Internacional y Procesal
- PublicationOpen AccessDerecho Internacional privado y matrimonios entre personas del mismo sexo(Universidad de Murcia, Servicio de Publicaciones., 2005) Calvo Caravaca, Alfonso Luis; Departamentos y Servicios::Departamentos de la UMU::Derecho Financiero, Internacional y Procesal
- PublicationOpen AccessLa doctrina del interés nacional en derecho interregional.(Universidad de Murcia, Servicio de Publicaciones., 1982) Calvo Caravaca, Alfonso Luis; Departamentos y Servicios::Departamentos de la UMU::Derecho Financiero, Internacional y Procesal
- PublicationOpen AccessEuropean Kodex of Private international Law cases & materials on European private international law - 2025 - [29th july 2025]([Los autores], 2025-07-20) Carrascosa González, Javier; Cebrián Salvat, María Asunción; Martínez Lorente, Isabel; Calvo Caravaca, Alfonso Luis; Derecho Financiero, Internacional y ProcesalThe authors want this work to be able to operate as an useful instrument for improving legal quality in the practical application and in the study of private international law in the English language. In this sense, any opinion on "The European Kodex of Private international law 2025 - 3rd edition" will be very well received, as it will help to outline, polish and improve these materials for the benefit of all legal operators dedicated to private international law and, ultimately, for the benefit of a correct and useful practice of this fascinating sector of law. You wanted the best, you have got the best. The hottest compilation of European private international law in the world, Kodex 2025, 3rd edition.
- PublicationOpen AccessGlobalización y Derecho Internacional Privado en el siglo XXI(Universidad de Murcia, Servicio de Publicaciones., 2004) Carrascosa González, Javier; Departamentos y Servicios::Departamentos de la UMU::Derecho Financiero, Internacional y ProcesalResumen: Este trabajo se enfrenta a los caracteres de la llamada �Era de la globalización� y su repercusión en Derecho internacional privado. En esta perspectiva dos factores son importantes: el hecho de que el mundo se ha convertido en un único mercado, debido a que las barreras a la libre circulación de capitales, servicios, personas y bienes han desaparecido casi totalmente y el hecho del progreso tecnológico. Estos dos factores impulsan los intercambios internacionales y provocan una auténtica revolución en el Derecho internacional privado. Los nuevos presupuestos sociales del actual Derecho internacional privado están constituidos por la libre circulación de modelos de familias extranjeros y por el número creciente de transacciones en Internet. El Derecho internacional privado está reaccionando para afrontar con propiedad estos hechos. Las nuevas normas de conflicto permiten a los particulares la elección de la Ley aplicable y las nuevas normas de competencia judicial internacional permiten a los particulares elegir el tribunal competente. A falta de elección de Ley aplicable, las nuevas normas de Derecho internacional privado emplean concretos puntos de conexión para evitar la multiplicación de leyes aplicables, tales como el �mercado principalmente afectado� o el lugar donde un acto produce sus efectos principales.
- PublicationOpen AccessLa ley 36/2002 de 8 de octubre: Nueva reforma del derecho español de la nacionalidad(Universidad de Murcia, Servicio de Publicaciones., 2002) Carrascosa González, Javier; Departamentos y Servicios::Departamentos de la UMU::Derecho Financiero, Internacional y Procesal
- PublicationOpen AccessLey aplicable a las patentes de derecho internacional privado español(Universidad de Murcia, Servicio de Publicaciones., 2001) Carrascosa González, Javier; Departamentos y Servicios::Departamentos de la UMU::Derecho Financiero, Internacional y ProcesalLos derechos reales más rentables desde el prisma económico son, en la actualidad, los que recaen sobre propiedades incorporales: patentes, marcas, derechos de autor, denominaciones de origen, etc. La propiedad inmobiliaria y la mobiliaria son derechos menos aptos para su «circulación internacional» y corresponden a etapas de un capitalismo menos desarrollado, un «capitalismo estatal» o como mucho «internacional-regional».
- PublicationMetadata onlyLa ley aplicable en materia de régimen económico matrimonial. Análisis práctico a la luz del Reglamento UE 2016/1103: el Reglamento 2016/1103.(Universidad de Murcia, Servicio de Publicaciones, 2020) Miñano Frutos, Diego FranciscoLa reciente publicación del Reglamento 2016/1103 ha supuesto un paso más hacia la armonización de las normas relativas a los regímenes económicos matrimoniales en el ámbito de la Unión Europea, ya que desde el 9 de enero de 2019 su aplicación es preferente a las normas de producción interna de los Estados miembros participantes. Pese a que el legislador europeo ha tenido que recurrir al mecanismo de la cooperación reforzada para poder aprobar el Reglamento, su promulgación ofrece una mayor previsibilidad y seguridad jurídica para los cónyuges que queden dentro de su ámbito de aplicación. El presente trabajo se centra en las normas relativas al sector de la Ley aplicable, ya que presentan un gran interés práctico y, a su vez, ofrecen una amplia autonomía de la voluntad a los contrayentes.
- PublicationOpen AccessLibre circulación transfronteriza del laudo arbitral y orden público internacional(Universidad de Murcia, 2025-10-03) Noriega Linares, Carmen María; Carrascosa González, Javier; Sin departamento asociado; Escuelas::Escuela Internacional de DoctoradoA medida que el comercio internacional se expande y el número de participantes aumenta, también surgen más conflictos que deben ser solucionados. En este escenario aparece el arbitraje comercial internacional como el método de solución de controversias más adecuado, pues se escapa de los intereses nacionales para responder al de los particulares. El laudo arbitral, fruto del procedimiento, constituye la resolución que ha puesto fin al litigio entre las partes. Sin embargo, ¿ahí acaba todo? La parte vencedora querrá hacer valer ese título ejecutivo en los distintos Estados en los que tenga algún interés y, para ello, solicitará el exequátur del laudo. Frente a esta solicitud establece el art. V del Convenio de Nueva York varios motivos que pueden oponerse para solicitar que se deniegue su reconocimiento y exequátur, algunos de los cuales son apreciables de oficio. Y es en este contexto que el orden público internacional cobra mayor relevancia, pues será el último filtro apreciable de oficio capaz de denegar la entrada de los laudos arbitrales dictados en el extranjero dentro del orden jurídico de cada Estado. De este modo, el orden público internacional protegerá los intereses sociales de cada Estado, de manera que la sociedad no tenga que enfrentarse a situaciones que perturben su moral, costumbres o principios generales. A través del estudio y análisis de la ley, la doctrina y la jurisprudencia, se han analizado una serie de supuestos que pueden activar la excepción de orden público internacional y evitar la introducción de un laudo extranjero en el orden estatal. De este modo, se ha plasmado en este trabajo cómo la doctrina y la jurisprudencia interpretan lo dispuesto por la ley y cómo las circunstancias particulares de cada caso pueden afectar o no a la activación del orden público internacional.
- PublicationOpen AccessNacionalismo e internacionalismo en derecho internacional privado(Murcia: Universidad de Murcia, Servicio de Publicaciones, 1946) Gestoso Tudela, Luis
- PublicationRestrictedLa notificación internacional en materia civil y mercantil en la Unión Europea(Comares, 2019) Cebrián Salvat, María Asunción; Derecho Financiero, Internacional y ProcesalHan transcurrido diez años desde que se aprobó el Reglamento (CE) n° 1393/2007 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de noviembre de 2007, relativo a la notificación y al traslado de documentos. Este instrumento regula en España el traslado de documentos judiciales y extrajudiciales a otros Estados miembros de la UE. A estas alturas, el instrumento cuenta ya con la suficiente rodadura como para realizar un análisis sobre la forma en que el mismo se aplica en la práctica y los problemas reales que dicha aplicación suscita. Junto con ello, el Reglamento se enfrenta hoy a nuevos retos que no fueron previstos por el legislador europeo, planteados por el incremento de las relaciones privadas internacionales y el avance de las nuevas tecnologías. Muchas de estas dificultades se han ido solucionando por el TJUE. Otras, a falta de un criterio uniforme, se han resuelto de distinta forma por cada Estado miembro, o siguen aún sin respuesta, lo que pone en cuestión el delicado equilibrio que estableció el Reglamento entre los derechos de requirente y requerido a una tutela judicial efectiva. El objeto de esta obra es realizar un análisis actualizado de estos problemas de aplicación que presenta el Reglamento 1393/2007, analizando, en su caso, las soluciones que ha proporcionado el TJUE y proponiendo, en defecto de jurisprudencia europea, soluciones prácticas que respeten el derecho a la tutela judicial efectiva tanto del emisor como del receptor del documento.
- PublicationOpen AccessNuevos modelos de familia y derecho internacional privado en el Siglo XXI(Universidad de Murcia, Servicio de Publicaciones., 2003) Carrascosa González, Javier; Departamentos y Servicios::Departamentos de la UMU::Derecho Financiero, Internacional y Procesal
- PublicationOpen AccessRégimen jurídico del deporte en el Derecho Internacional privado de la Unión Europea(Universidad de Murcia, 2022-10-21) Romero Matute, Yeray; Carrascosa González, Javier; Escuela Internacional de DoctoradoObjetivos: El mundo del deporte engloba uno de los entramados organizativos y estructurales más complejos, con más ramificaciones y más hermético que cualquier otro sector. Así pues, cabe manifestar que varios son los propósitos perseguidos por la presente investigación: 1.º) se pretende proporcionar una respuesta jurídica a todas y cada unas de las cuestiones que han sido y serán planteadas a lo largo de la disertación; 2.º) se necesita descubrir si, como consecuencia de un mundo globalizado e interconectado en donde las transacciones comerciales se producen continuamente en la esfera deportiva, las distintas normativas nacionales e internacionales se adecúan a las necesidades actuales y, si a su vez, garantizan una cierta estabilidad y seguridad jurídica a todos los actores del panorama deportivo; 3.º) se trata de averiguar si los instrumentos que proporciona el DIPr. de la Unión Europea pueden utilizarse y, ante qué supuestos, para resolver los diferentes conflictos que puedan surgir en la esfera internacional deportiva; 4.º) se pretende ofrecer, humildemente, una aportación novedosa a la ciencia jurídica, pues es en este estudio donde se trata de combinar una visión conjunta de las ramas jurídicas anteriormente expuestas; y, en ultima instancia, 5.º) esta tesis doctoral, no solo trata de completar el acervo jurídico académico, sino que, al mismo tiempo, uno de los anhelos que persigue dicha obra se sustenta en la posibilidad de que, en el futuro, ésta pueda favorecer a la aparición de nuevas líneas de investigación y logre servir como referencia en el ámbito profesional. Metodología: Como se ha puesto de manifiesto, el proyecto presentado pretende abordar dos de las materias más complejas e inexactas desde la perspectiva jurídica, siendo éstas, el Derecho deportivo, por un lado, y el DIPr. de la UE, por otro. Por consiguiente, dado que ambas ramas del Derecho se encuentran en un continuo cambio y evolución constante, parece oportuno y justificado contribuir a la ciencia jurídica con dicha aportación; de ahí que, la metodología utilizada en esta investigación se traduzca en el estudio de la ley, la jurisprudencia y la doctrina nacional e internacional en la esfera privada del deporte en relación con el DIPr. de la UE. De lo expuesto, cabe expresar que la primera parte de la investigación ha sido más analítica y descriptiva. Mientras que, en la segunda y la tercera parte de la misma, se ha utilizado una metodología basada en el análisis de los problemas expuestos desde una perspectiva teórico-practica. Conclusiones: las conclusiones que han sido extraídas de la investigación, grosso modo, han sido las siguientes: 1.º) el auge del deporte ha derivado en una profesionalización y mercantilización del sector; esto último, a su vez, ha propiciado la consumación de un sinfín de contratos deportivos en la esfera nacional e internacional. Ahora bien, en al ámbito nacional, la calificación jurídica de estos contratos dependerá de la ajenidad, la dependencia y la retribución recibida por parte del deportista; 2.º) en relación con la «Lex sportiva», parece presumible considerar que ésta no solo no va a desaparecer, sino que casi con toda seguridad, continuará reforzándose y perdurará en el futuro. Por todo ello, la «Lex sportiva» podría definirse como el conjunto de principios deportivos de carácter autónomo, internacionalmente aceptados que, además de poseer un efectivo sistema sancionador de naturaleza privada y de carácter vinculante, todavía se encuentra sometida al imperio de la ley y al control estatal; 3.º) uno de los mayores problemas que surgen en torno a los menores de edad versan sobre la capacidad que disponen para contratar. Por lo tanto, en el supuesto de que un menor de edad formalice un contrato deportivo, el operador jurídico internacional deberá acudir a la ley personal del menor para solventar cualquier duda que se le presente con arreglo a su capacidad; 4.º) desde la perspectiva de las transferencias internacionales deportivas, con independencia de los foros de protección del RBI-bis y los puntos de conexión que establece el RR-I, no debe obviarse lo dispuesto en la Directiva 96/71/CE; 5.º) en el ámbito jurídico deportivo la litigación ante tribunales arbitrales es más eficiente por lo que el recurso ante los jueces ordinarios es desaconsejable en según que ámbitos y materias; de ahí el auge del arbitraje deportivo; 6.º) las cláusulas de sumisión incorporadas por referencia en los contratos deportivos deberían considerarse por no puestas, al menos, en los contratos suscritos por deportistas semiprofesionales y/o amateurs. La razón que justifica dicha respuesta radica en que éstas no han sido expresamente firmadas por el deportista, sino impuestas por las federaciones a través de sus propias normas estatutarias; 7.º) los laudos arbitrales deportivos del CAS, frente a los cuales cabe recurso ante el Tribunal Federal Suizo, suelen ser rechazados y muy pocos recursos acaban prosperando; no obstante, aquellos que obtienen una respuesta positiva suelen apoyarse en la conculcación del orden público suizo al amparo del Art. 190.2.e) de la LDIP; y, 8.º) el instrumento internacional que ha asegurado la existencia de un procedimiento arbitral que cuente con todas las garantías y que ha permitido un equilibrio entre la independencia del tribunal y una posible revisión judicial de los laudos arbitrales, ex post, es el CNY. Por esta razón, dicho instrumento debe considerarse como el cimiento sobre el que se apoya toda la infraestructura que presenta el arbitraje internacional; siendo, además, el causante de la eficacia del procedimiento arbitral y la pieza clave que facilita la libre circulación de los laudos arbitrales en la esfera internacional.
- PublicationRestrictedRetos jurídicos de la economía colaborativa en el contexto digital(Thomson Reuters Aranzadi, 2017) Cebrián Salvat, María Asunción; Derecho Financiero, Internacional y Procesal
- PublicationOpen AccessTráfico internacional ilícito de bienes culturales y derecho internacional privado(Universidad de Murcia, Servicio de Publicaciones., 2001) Carrillo Carrillo, Beatriz Lourdes
